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Legislación nacional y autonómica

Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 4/1995, de 10 de noviembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Disposiciones finales

Disposición final primera

Se faculta al Gobierno Vasco para dictar las disposiciones necesarias en desarrollo de esta ley.

Disposición final segunda

La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el "Boletín Oficial del País Vasco".

CATÁLOGO DE LOCALES, INSTALACIONES, ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS

I. Espectáculos publicos.

- Cine.

- Teatro.

- Conciertos y festivales.

- Espectáculos taurinos.

- Circo.

- Espectáculos al aire libre y ambulantes.

- Competiciones deportivas en sus diversas modalidades.

- Baile y danza.

- Representaciones o exhibiciones artísticas culturales o folklóricas.

- Desfiles en vía pública.

- Cómicos.

- Variedades.

- Espectáculos varios capaces de congregar a un público para presenciar una representación, exhibición, actividad o proyección que le es ofrecida por los organizadores o por artistas, deportistas o ejecutantes que intervengan por cuenta de aquellos.

II. Actividades recreativas.

- Baile.

- Verbenas y similares.

- Juegos recreativos y de azar.

- Hostelería en sus diferentes categorías.

- Atracciones de feria.

- Exhibición de animales vivos.

- Conferencias y congresos.

- Exposiciones artísticas o culturales.

- Práctica de deportes en sus diversas modalidades con fines recreativos.

- Actividades recreativas varias capaces de congregar a un público en que una persona física o jurídica o entidad ofrece el uso de sus locales y servicios o la participación en actos organizados por ella con fines de esparcimiento o diversión.

III. Locales e instalaciones.

1. De espectáculos públicos:

- Locales destinados a competiciones deportivas en cualquiera de sus modalidades.

- Salas de conciertos.

- Plazas de toros permanentes.

- Circos permanentes.

- Salas de baile y fiestas, con o sin espectáculos.

- Discotecas.

- Salas de fiestas de juventud.

- Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.

2. De hostelería v restauración:

- Tabernas y bodegas.

- Cafeterías, bares, cafés y degustaciones.

- Restaurantes, asadores, autoservicios, casas de comidas.

- Chocolaterías, churrerías, heladerías.

- Bares especiales, whiskerías, clubs, bares americanos, pubs, disco-bares, karaokes.

- Cafés-teatro.

- Txokos y sociedades gastronómicas.

- Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.

3. De uso deportivo-recreativo:

- Recintos destinados a la práctica deportiva o recreativa de uso público, en cualquiera de sus modalidades (piscinas, polideportivos, etc.).

- Gimnasios.

- Boleras.

- Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.

4. Culturales:

- Salas de exposiciones y conferencias.

- Museos y bibliotecas.

- Palacios de congresos.

- Cines.

- Teatros.

- Auditorios.

- Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.

5. De juegos recreativos y de azar:

- Casinos.

- Bingos.

- Salones de juego.

- Salones recreativos.

- Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.

6. Recintos abiertos o semiabiertos:

- Circuitos en vías públicas o espacios abiertos destinados a competiciones deportivas o prácticas deportivas de uso público.

- Recintos feriales.

- Parques de atracciones.

- Parques zoológicos.

- Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.

7. Instalaciones desmontables:

- Circos.

- Plazas de toros.

- Casetas de feria.

- Txoznas.

- Otras instalaciones desmontables asimilables a las mencionadas.

8. Otros locales e instalaciones:

- Otros que por su naturaleza alberguen espectáculos públicos o actividades recreativas que no sean susceptibles de ser incluidos en los apartados anteriores.

Por consiguiente, ordeno a todos los/las Ciudadanos/as de Euskadi, particulares y autoridades, Que la guarden y hagan guardarla.

Vitoria-Gasteiz, 22 de noviembre de 1995.-El Lehendakari, Jose Antonio Ardanza Garro.

[Publicada en el "Boletín Oficial del País Vasco" número 230, de 1 de diciembre de 1995. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del E2008/statuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de su vigencia actual]



Boletín Oficial del Estado de 27 de Enero de 2012

País Vasco, Presupuestos Generales 1995Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 1/1995, de 12 de abril, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 1995.
Lquidación de los Presupuestos Generales del País Vasco del ejercicio 1992Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2/2095, de 23 de junio, por la que se aprueba la liquidación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi correspondientes al ejercicio 1992.
Modificación de la Ley de cooperativas del País VascoLey 3/1995, de 23 de junio, de ampliación del plazo de adaptación estatutaria de la Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi.
Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del País VascoLey de la Comunidad Autónoma del País Vasco 4/1995, de 10 de noviembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Comunidad Autónoma del País Vasco, Permutas de terrenos 1995Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 5/1995, de 13 de diciembre, para la autorización de permuta de terrenos entre la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y el Ayuntamiento de Bilbao, y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y el Ayuntamiento de San Sebastián/Donostia.
País Vasco, Presupuestos Generales 1995Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 6/1995, de 29 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1996.
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Modificación de la Ley de Cooperativas de GaliciaLey de la Comunidad Autónoma de Galicia 14/2011, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de Cooperativas de Galicia.
>Ley de presupuestos generales de Galicia para el año 2012Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 11/2011, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012.
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Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de ValenciaLey de la Comunidad Autónoma de Valencia 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
Comunidad Autónoma de Valencia, Presupuestos 2012Ley de la Comunidad Autónoma de Valencia 10/2011, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2012.
Corrección de errores de la Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la GeneralitatCorrección de errores de la Ley de la Comunidad Autónoma de Valencia 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
Ley de Canarias de medidas fiscales para el fomento de la ventaLey de la Comunidad Autónoma de Canarias 11/2011, de 28 de diciembre, de medidas fiscales para el fomento de la venta y rehabilitación de viviendas y otras medidas tributarias.
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2012Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2012.