Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 11/2011, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012.
Disposiciones finales
Disposición final primera
Desarrollo de la ley
Se faculta a la Xunta de Galicia para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecución de cuanto se prevé en la presente ley.
Disposición final segunda
Vigencia
Las disposiciones de la presente ley tendrán vigencia exclusiva para el año 2012.
Disposición final tercera
Entrada en vigor
La presente ley entrará en vigor el 1 de enero de 2012.
Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2011.-El Presidente, Alberto Núñez Feijóo.
(Publicada en el "Diario Oficial de Galicia" número 249, de 30 de diciembre de 2011.)
(Gráficos y anexos omitidos: BOE de 27/01/2012)