Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2012.
Disposiciones finales
Disposición final primera
Desarrollo de la ley
Se autoriza al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de la presente ley.
Disposición final segunda
Entrada en vigor
La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2012.
Por tanto, mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Santa Cruz de Tenerife, 29 de diciembre de 2011.-El Presidente, Paulino Rivero Baute.
(Publicada en el "Boletín Oficial de Canarias" número 255, de 30 de diciembre de 2011)
(Gráficos y anexos omitidos: BOE de 27/01/2012)