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Manuel Aparicio Invitado 
20/6/2005 14:02:09
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Tema: Pagas extraordinarias IP: Logged
Mensaje:
Hola:
Tengo un pequeño problema con mis pagas extras que necesito aclarar.
La empresa me dice que, a pesar de estar trabajando desde Noviembre del año pasado, no tengo derecho a una paga extra completa en Julio, debido a que no se devengan por año natural, sino por año completo de devengo (de julio a julio y de diciembre a diciembre).
En el estatuto de los trabajadores (artículo 31) no se aclara el devengo, ni tampoco en mi convenio colectivo (oficinas y despachos de madrid). Como no pone la coletilla "año natural", la empresa entiende que es año de devengo.
¿Me podéis ayudar?.
Muchas gracias.
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juanbeltran Invitado 
21/6/2005 09:52:16
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, Manuel:
Entiendo que, salvo raras excepciones, la mayoría de cómputos en el ámbito laboral tienen que ver con el año natural.
En el caso de las pagas, lo más lógico es que el derecho a su devengo comience el 1 de enero. Piensa si no en el caso de los días de vacaciones. Su cómputo comienza el día primero de año, de tal forma que si te deben días del año anterior, la regla general es que debas disfrutarlos en los primeros quince días del año siguiente.
Con las pagas, mi opinión es que pasa igual. Debían de haberte pagado en Navidad por el mes y pico que llevabas trabajando y en julio la paga completa, pues se corresponde con seis meses de trabajo, y no con doce, porque si no, el Estatuto habría establecido una única paga al año coincidiendo con el aniversario del inicio del contrato.
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Laura Invitado 
20/7/2005 13:43:07
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: He tenido un hijo el 10 de marzo, estuve de baja durante el embarazo desde el mes de noviembre. Llega la fecha de cobrar la paga extraordinaria y la empresa me comenta que no tengo derecho a percibir dicha paga. ¿Es así? No existe convenio colectivo en el campo donde yo tabajo que es auxiliar de servicios en la Universidad Rey Juan Carlos
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rebeka Invitado 
30/9/2005 18:33:36
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola tengo un problema similar al de Manuel, yo he comenzado a trabajar el 15 de junio y me han dicho desde la gestoria que la paga de navidad no me corresponde entera. Es eso posible?. Yo entiendo que me quitaran los 15 dias de junio pero no un mes entero. En mi convenio colectivo no dice nada de los devengos de pagas extra.
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pipevega Invitado 
04/10/2005 09:16:05
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: En primer lugar para aclarar, reproduzco el art. 31 ET:
"El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores. Igualmente se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales gratificaciones.
No obstante, podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades."
Es decir, en caso de que no se prorrateen las pagas extraordinarias, en cuyo caso se cobraría la parte proporcional en cada nómina mensual, se han de percibir dos al año, una por navidad y otra en la fecha fijada por el convenio colectivo.
Por eso, no existe una solución uniforme, hay que estar al convenio colectivo de cada uno.
Por poner un ejemplo, en la Administración General del Estado las pagas extras se preciben con las nóminas de diciembre y junio y el momento del devengo es 1 de diciembre y 1 de junio.
Quiere decir esto, que por ejemplo, para la percepción íntegra de la paga de junio es preciso que se estuviese prestando servicios desde el 1 de diciembre.
Pero, también es posible que la paga extra de Navidad del año próximo, empiece a devengarse desde que se cobra la del año en curso.
De esta forma, por cada mes de servicio prestado se iría añadiendo un doceavo para la paga extraordinaria del año siguiente.A su vez, aquellos trabajadores que comenzasen a prestar servicios o dejaseen de hacerlo durante el año tendrían derecho a la parte proporcional de las pagas extras en función del tiempo trabajado en ese periodo.
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maria Invitado 
04/10/2005 15:53:48
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Quisiera saber si alguien me puede decir si legalmente se tiene que cobrar durante el período que dure la IT por accidente no laboral, la parte proporcional de pagas extraordinarias. Lo digo porque en mi caso, llevo de baja por este concepto 17 meses y cobré la primera extra tras el accidente, la de verano de 2004,sin problemas y la totalidad de la misma; en navidad de 2004 cobre parte, reclamé el resto y me lo pagaron; y ahora con la de verano de 2005, me dicen que no me corresponde y es más, la empresa mediante una reclamacion de cantidad en el SMAC, me reclama la que cobré en navidad. ¿Se puede hacer esto? ¿A qué ley se acogen? ¿No se consideraría un derecho adquirido, una mejora de la empresa aún en el caso en que no me correspondiera cobrarlo?
Mi convenio colectivo no dice nada al respecto, y por cierto es el de Centro de Asistencia, Atención, Diagnóstico, Rehabilitación y Promoción de Personas con Discapacidad.
Necesitaría saberlo cuando antes puesto que la conciliación en el SMAC es a finales de esta semana.
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Natalia Invitado 
07/10/2005 17:28:56
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Quisiera saber como calcular la prorrata de las pagas extraordinarias. mi contrato es un contrato de aux administrativo nivel 1 en oficinas, ya que no lo encuentro en el convenio colectivo, me podría dar a conocer donde encontrarlo.
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mirta mendez Invitado 
14/10/2005 21:42:10
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: si una persona que trabaja para un ayuntamiento media jornada y en una universidad 12 horas semanales, puede cobrar paga extra de julio y diciembre en los dos sitios? o está prohibido al ser dos organismos públicos? - si es así les agradecería me dijeran la Ley donde aparece esta prohibicion.
muchas gracias - es urgente
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sole Invitado 
03/11/2005 16:27:21
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: he empezado a trabajar en julio, a mediados y tengo un contrato en practicas me gustaria saber si voy a recibir algo de paga extra en diciembre.
gracias
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reich Invitado 
16/11/2005 16:18:40
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola mi nombre es reich y tengo un problema con las pagas extras.
He terminado contrato despues de 5 años en la empresa y en la liquidacion me han pagado sola la paga extra de diciembre, ya que segun ellos yo las cobraba semestralmente.
En mi caso no recuerdo a ver firmado en el contrato este tipo de pagas extras.
Al no tener convenio, puedo pedir la paga extra de verano que no me han pagado ???
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Ana Invitado 
17/11/2005 09:22:32
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola,
Quisiera que me respondiérais a una duda, durante el periodo de IT, suponiendo que un trabajador haya estado de baja los seis primeros meses del año, ¿tendría derecho a cobrar la paga extra cuyo devengo le corresponde en junio?, y en el caso de que hubiese estado de baja sólo los meses de febrero y marzo.
Muchas gracias.
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juanbeltran Invitado 
17/11/2005 13:44:14
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message:
Para Natalia:
La prorrata de pagas extra se calcula cogiendo la cantidad de la paga extra, multiplicándola por el número de pagas extra y dividiendolo por 12.
La paga extra se calcula sumando al salario base, los conceptos salariales, como antiguedad, títulos, etc...
Para Mirta:
El hecho de tener dos empleadores, y siempre que la jornada sea compatible, no influye para nada en las percepciones. Son dos empresarios distintos y es indiferente que ambos sean organismos públicos.
El único podría venir de una posible incompatibilidad, pero supongo que ya la habrás pedido. Por lo demás, percibirás dos pagas extra como percibes dos sueldos.
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cris Invitado 
18/11/2005 14:54:50
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: quisiera saber cuanto percibire de paga extra en diciembre.
ya que estube trabajando a jornada parcial 20 horas hasta el mes de septiembre. y pase a estar en jornada completo 40 horas a partir del mes octubre.
en el mes de septiembre mi salario bruto era de 500� y a partir del mes de octubre paso a ser de 740�.
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Rebeca Invitado 
22/11/2005 17:04:20
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: me gustaria saber como puedo calcular la paga extraordinaria.yo solo tengo la de navidad,el año pasado me dieron la mitad o menos,si llevo todo el año trabajando¿como puedo calcularlo?gracias
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Rebeca Invitado 
22/11/2005 17:04:25
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: me gustaria saber como puedo calcular la paga extraordinaria.yo solo tengo la de navidad,el año pasado me dieron la mitad o menos,si llevo todo el año trabajando¿como puedo calcularlo?gracias
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NOELIA Invitado 
09/12/2005 11:27:29
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: HOLA, SOY NOELIA Y NECESITO QUE ME RESPONDAIS A UNA DUDA:
YO ENTRE A TRABAJAR EL DIA 1 DE LULIO, POR TANTO SEGUN MIS CALCULOS ME CORRESPONDE LA PAGA ENTERA AHORA EN NAVIDAD, PERO ESTOY ESCUCHANDO RUMORES EN MI EMPRESA QUE DICEN QUE ME CORRESPONDE LA MITAD.
VAMOS A VER SI MI SUELDO BRUTO ESTA DIVIDIDO EN 14, POR TANTO TENGO DOS PAGAS, DE MODO QUE HE DEVENGADO 6 MESES, ASI QUE SE HA GENERADO UNA PAGA ENTERA DESDE JULIO.
POR FAVOR AYUDENME, YA QUE NECESITO SABER LO QUE ESTABLECE LA LEY PARA PODER HABLAR CON MIS JEFES.
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FA Invitado 
09/12/2005 11:42:49
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: HOLA NECESITO RESOLVER UNA DUDA, TENGO UN CONTRATO EN PRACTICAS DE 6 MESES DESDE JULIO.QUIERO SABER SI AL IGUAL QUE OTRO CONTRATO TENGO DERECHO A LAS PAGAS EXTRAS ESTABLECIDAS PARA AGENCIAS DE VIAJES. MUCHAS GRACIAS, SALUDOS
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Teo Invitado 
13/12/2005 22:36:37
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: El 1 de julio una persona se queda viuda y en el mes de diciembre solo le pagan la mitad de la paga extra, ¿es eso correcto? si por un año completo tienes derecho a dos pagas extras (junio y dicimbre), por medio año sería una completa y no un 50% de la misma.
Alguien puede aclararmelo.
Gracias
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MAR�A Invitado 
17/12/2005 14:38:01
| PAGAS EXTRAORDINARIAS IP: Logged
Message: La persona que trabaja tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias, una de ellas con ocasi�n de las fiestas de navidad y otra en el mes que se fije por convenio. Las pagas han de contabilizarse a efectos de calcular la indemnizaci�n por despido.El sistema de devengo de las pagas suele establecerse en el convenio colectivo: en proporci�n a la permanencia en la empresa durante el semestre o el a�o anterior.
Salvo que se exprese lo contrario, las gratificaciones extraordinarias NO SE DEVENGAR�N DURANTE EL PER�ODO DE INCAPACIDAD TEMPORAL. Durante dicho per�odo, el salario es sustituido por una prestaci�n para cuyo c�lculo se aplica un porcentaje sobre la base de cotizaci�n, en la que ya se computa la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
EXTRAIDO DE: COMO CONFECCIONAR NOMINAS Y SEGUROS SOCIALES 2004 de FERRER LOPEZ, MIGUEL ANGEL.
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jonathan Invitado 
19/12/2005 14:22:04
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: YO HE TRABAJADO 2 MESES , ABRIL Y MAYO CON UN CONTRATO DE SUSTITUCION DE OTRO EMPLEADO. DESPUES EN JULIO A MEDIADOS ( EL 6 ) HE ENTRADO OTRA VEZ CON EL MISMO CONTRATO Y A MEDIADOS DE OCTUBRE ME HAN CAMBIADO A UN CONTRATO FIJO CON EL MISMO SUELDO. AHORA NO ME DAN NADA DE PAGA EXTRA, TENGO DERECHO A ALGO? GRACIAS
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ASCENSION Invitado 
20/12/2005 13:24:37
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: pertenezco al convenio de comercio de artículos deportivos, juguetes y armas. Empecé a trabajar el 7 de julio de este año y quiero que me aclareis si me tienen que dar la paga de Navidad completa menos 7 días. Gracias de antemano
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FATIMA Invitado 
28/12/2005 15:10:11
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: hola! llevo trabajando en una empresa como aux.adva. desde mayo, mi sueldo liquido es de 700€. Me pertenecen segun el contrato dos pagas extras y en la de navidad me ha venido la cifra de 182.32€, si llevo mas de seis meses trabajando en la misma empresa no me deberian de haber pagado el sueldo integro?? Necesito una respuesta inmediata por favor.Gracias.
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ALMUDENA Invitado 
29/12/2005 18:39:53
| RE:Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola! Necesito la ayuda de alguien, estoy trabajando como ax. administrativa en una empresa desde hace 9 meses,como calculo mi paga extra de Navidad si en el contrato me pone 14 pagas anuales??? Muchisimas gracias
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dani Invitado 
30/12/2005 12:15:05
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: hola, tengo una pequeña duda q creo q hay muxa gente igual y no lo entiendo muy bien. yo empeze a trabajar mas o menos en julio,en un hotel como empleado de mantenimiento, asi q para navidad llevo 5 meses trabajados, ntoncs si mi paga completa serian aprox 1000€ me deberian de dar 800€ no? pues m an dado 400€ por que dicen q hasta que no lleve un año entero no tengo derecho a una paga completa. y me dan el tanto porciento, pro en un año no serian 1000 serian 2000 no? ¿no seria cada seis meses una paga completa? o el primer año no es entera. por favor haber si podeis aclararmelo. para reclamarla. muchisimas gracias. espero la respuesta. un saludo
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Elena Invitado 
01/1/2006 13:41:27
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola,tengo una duda sobre las pagas extraordinarias, y preguntando a la gente, cada uno tiene una opinión al respecto, agradecería que me la aclarárais. Yo empecé a trabajar en una empresa el 18 de mayo, en julio la paga extraordinaria que me dieron correspondía a la parte proporicional de 6 meses trabajados.Sin embargo, ahora en diciembre yo esperaba que me dieran el salario base completo, ya que llevo más de seis meses trabajando, y únicamente me han dado la parte proporcional a un año trabajado. Su respuesta ha sido que no me pueden dar la paga completa, hasta no llevar un año trabajando en la empresa, y que quizás en julio se equivocaron. Podríais aclararme esta duda. Muchas gracias
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Angel Hdez Invitado 
03/1/2006 16:30:52
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Estoy trabajando en una empresa del sector textil, concretamente en una tienda de ropa desde el 09 septiembre de 2005, me gustaria saber que paga extra me corresponde teniendo en cuenta que mi sueldo asciendo a 680 €
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Eva Invitado 
05/1/2006 11:40:40
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: hola, tengo una duda con mis pagas extras, os comento: llevo trabajando en una pequeña empresa de Aux. administrativo (en prácticas, aunque no figura en la nómina) desde el 1 de Abril (casi 10 meses). He comentado con algunos amigos la paga extra de verano, por lo que me han dicho me debería corresponder la parte proporcional de los meses trabajados, y ahora tampoco me han dado paga extra de Navidad. Me gustaría saber si merezco la parte proporcional, entera o no me pertenece nada. un saludo.
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JULY G Invitado 
18/1/2006 20:35:16
| AYUDA URGENTEEE!!! IP: Logged
Message: Por favor,
Necesitaría saber como calcular lo siguiente:
Para una persona que empieze a trabajar el 1 de Febrero, con las siguientes condiciones:
Importe bruto / año: 24.000
Pagas extras: 4,5 (total 16,5 pagas)
- 1,5 en marzo
- 1 en junio
- 1 en septiembre
- 1 en diciembre
Muchísimas gracias por la atención.
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leonardo Invitado 
07/2/2006 13:40:35
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: hola kisiera saver si al contrato clave401 fin de obra le corresponde las pagas.gracias
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givenxy Invitado 
07/2/2006 16:26:15
| RE: AYUDA URGENTE IP: Logged
Message: hola!!
Estoy trabajando desde el 05 de Enero, y voy a cobrar 15000€ brutos anuales, con 3 pagas prorrateadas, y unos dtos. del 4.7 %, 1.7% y un 2%, me gustaría que me dijeses como la calculo, xq ya se equivocaron y me dieron una nómina erronea el 31 de Enero y a fecha de hoy no me han dado la correcta, y me gustaría saber lo que voy a cobrar x 27 días trabajados y x el mes completo.
MUXISIMAS GRACIAS.
ESPERO VUESTRA AYUDA.
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Silvia Invitado 
11/2/2006 14:56:52
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, me gustaria saber si alguien me puede ayudar pq tengo una pequeña duda, cuando te cambian la forma de pago de las pagas extras, o sea pasan de ser 4 pagas extras que cobrabamos al año a ser prorrateadas, tenemos derecho a percibir alguna liquidacion por lo que hayan generado tus extras del año anterior? espero que me podais ayudar. Gracias.
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CATERINA Invitado 
13/2/2006 13:15:19
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Buenos días,
Tengo una pequeña duda con mi nómina. Trabajo en una empresa desde hace tres años. En mi contrato pone que está adscrita al convenio del comercio textil. He buscado este convenio y dice, y cito textualmente,: las empresas adscritas a este convenio tienen que pagar a sus trabajadores la cantidad de una mensualidad en concepto de las pagas siguientes:
- Beneficios
- Verano
- Hinvierno
Mis dudas son: 1) dónde puedo consultar que realmente la empresa esté inscrita con este convenio, 2) está realmente obligada a pagarme la paga de beneficios, 3) se puede prorratear dicha paga?.
Muchas gracias por todo.
Saludos,
Caterina
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Rocio Invitado 
18/2/2006 14:53:29
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola buenas tardes, tengo una duda y la verdad por mas que intento buscar la respuesta me es imposible, por eso pido vuestra ayuda. En la empresa donde trabajo, instrita en el convenio de las industrias quimicas, en el mes de diciembre me ingresaron la paga extra cuando vi la cantidad me sorprendi bastante ya que era muy pequeña, el motivo que me dieron fue que los dias que estas de baja no tienes derecho a paga extra, por lo tanto si la paga la tenia que dividir entre 180 y multiplicarla por el numero de dias que habia trabajado. Estoy como loca leyendo el convenio pero no veo nada de esto, por favor agradeceria me ayudaran en esta duda, un saludo y un millon de gracias
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greta Invitado 
15/3/2006 19:24:41
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Llevo de baja por incapacidad temporal 5 meses. Soy vigilante de seguridad, con tres pagas extras, en Marzo, Diciembre y Julio. El pasado Diciembre, llevando 1 mes ya en situación de IT, cobré la paga extra, pero ahora la de Marzo de beneficios,que sigo de baja no.
Me podéis ayudar?
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marta Invitado 
15/3/2006 20:17:21
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, me gustaría saber si tengo derecho a una parte de la paga extraordinaria de marzo, si llevo en la empresa desde el 1 de enero del 2006.
Gracias.
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albert Invitado 
16/3/2006 12:30:29
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Caterina, no es que las empresas se "apunten" al convenio, es que cada empresa según su actividad, le es de aplicación ese convenio en sus relaciones con sus trabajadores. El convenio aplicable, como has visto, figura en tu contrato de trabajo. Eso significa que si el convenio establece unas determinadas prestaciones a favor del trabajador, son de obligado cumplimiento por la empresa, puesto que si no la autoridad laboral podría sancionarla.
Si el convenio recoge esa paga (hay muchos que la recogen, como los de comercio), deben pagártela, pero nada impide que te la pueda prorratear en doce mensualidades.
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albert Invitado 
16/3/2006 14:57:11
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Givenxy, si en los 1500 euros se incluyen las pagas (es todo o que vas a cobrar bruto), el cálculo es el siguiente:
Divides 15000 entre 12=1250
A eso le restas el 4'7% de contingencias comunes (58'75), el 1'6% de desempleo (20), y el 0'1 % de formación profesional (1'25). Eso nos dá unos descuentos de seguridad social de 80 euros, que hay que restarle a los 1250.
Por otra parte, tienes que coger el tipo de retención por IRPF que te corresponda y aplicárselo a tu base de retención, es decir, a los 1250, para obtener 25 euros de retención
1250 - 80 - 25 = 1145 que será lo que percibas líquido.
Esto siempre que no tengas conceptos extrasalariales, como plus de transporte, que no cotizan para seguridad social, o dietas, que hasta un límite no cotiza ni a seguridad social ni a hacienda.
Esto, lógicamente, para el mes completo. Para 27 días, divides las cantidades por 30 y las multiplicas por 27. Ten en cuenta que los pluses como el de transporte sólo se cobran por días trabajados (normalmente 21 al mes), pero el salario base es por todos los días del mes (31 para enero, 28 para febrero, etc).
Espero haberte ayudado. Saludos, foreros
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Silvia Invitado 
29/3/2006 10:15:50
| PAGAS EXTRAORDINARIAS IP: Logged
Message: Hola he entrado a trabajar el 1 de marzo en una AAVV y en teoría según convenio existen 4 P.E al año. ¿Me correspondería cobrar la del mes de marzo? Porque me dicen que no.
Muchas gracias.
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irene Invitado 
29/3/2006 12:40:21
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: que tal??
tengo una duda sobre el prorrateo de las pagas extraordinarias.
si tengo tres pagas, pueden incluirme la parte proporcional de la paga de Marzo y las otras dos no????
Gracias
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Gloria Invitado 
03/4/2006 22:58:48
| Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Recibo la newsletter de una página de asuntos jurídicos básicamente laborales, y veo en los avances (como no estoy suscripta, no puedo completar la información) de un reclamo que hizo un empleado el 15/03/06 porque considera que deben pagarle las pagas extras aunque se las hayan prorrateado (esto sería cobrarlas de nuevo). Alguien está al tanto de este tema?
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juan Invitado 
25/4/2006 07:30:26
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: comence a trabaja en octubre del 2005. al llegar diciembre me pagaron la parte proporcional a esos tres meses. termine contrato en abril y en el finiquito me an dado la parte proporcional de la paga de verano pero no la de navidad de estos cuatro meses. dicen que no tengo derecho a cobrarla. ¿alguien sabe si me pertenece? gracias
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veronica nicole Invitado 
09/6/2006 04:26:57
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, tengo una duda.
Yo empeze a trabajar en mi empresa el 22 de julio del 2005, en diciembre me pagaron la parte proporcional a la paga extra q me correspondia, ya que llevaba 6 meses trabajando.
¿en julio de este año me pagarán la paga completa no??? ¿¿se percibe a partir del 15 de julio no??
Muchisimas gracias.
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Nu Invitado 
12/6/2006 13:45:08
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, tengo una duda urgente porque dejo la empresa. Entre a trabajar en Febrero y no me pagaron nada en la paga de Marzo porque me dijeron que no me correspondia. llevo 11 años en este mundo y es la primera vez que me pasa. Tienen razon ???
mil gracias
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yobanna Invitado 
14/6/2006 06:17:24
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: hola, tengo una duda, empeze a trabajar en una empresa el 1 de enero de 2006,su convenio es el de oficinas y despachos, la paga de verano la pagan en el mes de julio, queria saber si me corresponde la paga entera, o solo la mitad. gracias.
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Lakri Invitado 
16/6/2006 02:53:05
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola!yo también tengo una duda. parecida.
Empece a trabajar el 1 de Dic de 2005 y en navidad me dieron una paga proporcional y ahora en junio pensaba que me la darian entera porque encima también me han renovado 6 meses más y luego fija, pero me han dicho que no.Que me pagan también lo proporcional a los 7 meses.Es así como se ha de hacer o me pertenence una paga entera? Y las vacaciones solo 20 dias?o todo el mes.
Gracias
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ana Invitado 
19/6/2006 01:50:34
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola,
Comenzé a trabajar el 27-3-06 en una nueva empresa.Mi sueldo es de 20.000 euros brutos en 16 pagas.
La paga de Marzo cobre unos 12 euros aproximadamentes y en la de Junio he cobrado unos 276 euros.
Es correcto?? Por qué no cobro la paga completa??
Mi convenio es el de transitarios y soy oficial administravo.
Gracias,
Ana
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Marta Invitado 
20/6/2006 12:19:51
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola,
En mi nomina tengo como conceptos:
Salario Base
Antigüedad
Plus convenio
Prima de incentivos
Me gustaria saber si todos suman para la paga extra.
Gràcias,
Marta
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Emma Invitado 
21/6/2006 12:33:11
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Yo empece a trabajar el 23 de febrero con un salario bruto de 24000€/año. que se divide en 15 pagas. En marzo cobré 173.33 € brutos, en junio 573.33 € brutos y por una regla de tres en diciembre me corresponde 1364.44 € brutos. Mi pregunta es si en mi contrato tengo que mi salario es de 24000 € anuales, a 31 de diciembre tengo una regulariación para que al final de año yo halla ganado lo correspondiente a mis 24000 € excepto los 51 días no trabajados ? Si no pienso que me están tamando el pelo. Muchas Gracias
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Céliana Invitado 
22/6/2006 00:47:21
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola!!
Tengo una duda con respecto a las pagas extras. En la empresa me han comentado que hay dos pagas extras al año. Podrías porfavor indicarme como debo de calcular la cantidad a percibir en cada paga extraordinaria si llevo en la empresa desde Enero? Son dos pagas integras como el salario? o que parte proporcional toca? Gracias por responder a éstas dudas.
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Susana Invitado 
24/6/2006 15:10:58
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: ¿consiste la paga extraordinaria en doble sueldo? es decir si una persona cobra 1250 euros, pasaría a cobrar 2500 o es menos?
trabajo desde noviembre 2005 con contrato indefinido (antes era fija discontinua) y ahora para la paga extraordinaria de junio me han pagado tan solo 800 euros, cuando mi nomina es de 1250 euros. Es es normal?? POr favor, agadecería respuesta urgente. Me esta engañado la empresa por la que trabajO???
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Almudena Invitado 
03/7/2006 06:05:21
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola!
Tengo una duda con respecto a las pagas extraordinarias. La empresa donde trabajo, desde el 1 de enero '06 se ha acogido al convenio colectivo de agencias de publicidad que corresponde a 15 pagas anuales. En mi nomina tengo un salario base + plus a cuenta del convenio. Mi duda es si yo entré a trabajar el 13-junio-05 y en diciembre pasado recibí el doble de paga ¿Por qué en la paga de junio he recibido menos cantidad? ¿En la paga extraordinaria se suma el plus del convenio o solo es el salario base? Por favor necesito que alguien aclare esto URRRRRGENTEEEEEEEEEE! Gracias!
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LOLA Invitado 
03/7/2006 11:09:54
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: hola soy lola, trabajo en una agencia de viajes desde el dia 22 de mayo quisiera saber como se calcula la prorrata de pagas extras ya que este mes no me han pagado nada de paga. por favor contesten lo mas rapido que puedan. gracias
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Yolanda Invitado 
05/7/2006 05:39:12
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, quisiera saber como se calculan las pagas extra... Gracias
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ruben Invitado 
21/7/2006 14:05:43
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: hola quisiera saber cuanto me pertenece de paga extra si mi sueldo es 870 € y empece a trabajar en mayo
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pedro Invitado 
22/7/2006 17:22:10
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: hola soy v.seguridad llevo 14 meses de baja x una operación de corazon la paga extra de julio no me la han pagado, dicen que al no haber trabajado durante el año 2.oo6 no me corresponde es cierto?
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Respuesta para todos Invitado 
26/7/2006 06:43:56
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Haber, las pagas extraordinarias se calculan según el devengo que impone el convenio, que puede ser semestral o anual, por lo tanto, es posible que con un devengo anual, la paga de Diciembre de añguien que ha entrado a trabajar en Mayo por ejempli, no sea completa.
La cuantia no tiene porque ser el doble del sueldo, porque ya nos retienen de cada nómina la parte proporcional de las pagas, asi que normalmente sale mas alta la paga (en cuanto a salario base se refiere) pero la cosa es que las pagas no tienen ningun plus que tiene la nomina convencional.
Si quereis mas info decirlo por qui, espero haberos ayudado
Por cierto, mi trabajo (entre otras cosas) consiste en llevar el Area Laboral de mi empresa.
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Respuesta para todos Invitado 
26/7/2006 07:03:26
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Ah! y respecto al mensaje de la baja laboral, si que te pueden reclamar todo porque el periodo de baja no genera derecho a paga extra.
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maty Invitado 
02/8/2006 12:54:39
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, entre a trabajar el 17 de enero de este año con sueldo base de 875€, y solo me han pagado 365€ de extra, es correcto?.. pensaba que me pertenecía un 80%. ¿cómo se calcula lo que me corresponde?
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elena Invitado 
04/8/2006 01:34:52
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Querida Maty:
Estoy casi en la misma situación que tú. Yo empecé a trabajar el 16-01-06 y me van a pagar trescientos euros menos. Le pregunté a la graduada que hace las nóminas y me dijo que todo el mundo lo hacía mal el cálculo (yo pensé que debian de pagar lo que te prorratean cada mes...)pero no. Ella hizo lo siguiente para calcular mi nómina:
Sueldo base 934.23 / 360 dias = 2.59
Sumó los dias que tiene cada mes desde enero, es decir, enero fueron 15 dias trabajados, febrero 28.... (15+28+31+30+31+30)= 165 dias trabajados en total
165 dias x 2.59 = 427.35 y esto se lo resta al sueldo base 934.23 - 427.35 = 506.88 y esto es lo que voy a cobrar.
Yo creia que seria las prorratas que es sueldo base por dos dividido entre los meses del año =
934.23 x 2 / 12 = 155.71 y esta cantidad por los meses que me correpondian = 155.71 x 5 meses completos y 77.85 por los quince dias de enero total = 856.40 euros brutos de paga extra. Cómo es posible que por no tener los otros quince dias trabajados me quiten 300 euros
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isabel Invitado 
25/8/2006 03:33:06
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, me gustaría saber cómo se calcula la paga de beneficios, o mejor dicho como puedo saber el prorrateo o parte proporcional que me corresponde cada mes de la paga de beneficios??
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Franc Invitado 
03/9/2006 11:44:34
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, es la primera vez que entro en esta pagina, como veo que hay muchas preguntas sobre pagas extraordinarias y bajas, intentare poner mi granito de arena por si os vale de algo.
lo dividire en varios grupos para que no se haga muy pesado y teniendo en cuenta que tanto las pagas las pagas y las bajas hay muchos convenios que las regulan y no todos los casos son los mismos, pondre un ejemplo en el cual una persona tiene tres pagas, Navidad-Beneficios y paga de verano, las cuales en su convenio dice que seran a razon de de 30 dias, con los conceptos de Salario base, Plus Convenio y antigüedad.
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Franc Invitado 
03/9/2006 13:06:40
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Ejemplo de una persona que tiene tres pagas Navidad-Beneficios y de paga de Verano
Según convenio a razón de 30 días y por los siguientes conceptos;
Salario Base =31.50€
Plus Convenio= 9.80€
Antigüedad=% del Salario Base.
Hay que tener en cuenta que las pagas se pueden cobrar cuando llegue el día de la misma o bien incluidas en la nomina cada mes.
En cualquier caso la S. Social obliga a incluirlas en nomina cada mes para el cobro de la parte que le toca a la S. Social, como ya sabréis hay un tope máximo de cotización que es de 2.813,40 €, esto viene dado a que si se cotizara en el mes del cobro de la misma, habrían muchas personas que se pasarían del tope y quedarían legalmente exentas de cotización y esto a la S. Social no le gustaría.
Esto sería una nomina echa con el cobro de las pagas en sus fechas.
Salario Base =31.50€ x 31= 976,50€
Plus Convenio= 9.80€ x 31= 303.80€
Antigüedad 10% S.Base= 97,65€
Total=1.377,95€
Prorrateo Extras=1.377,95x3:365x30=339,77€
Descuentos
C.Comunes=1.717,72€ x4,7%=80,73€
Desempleo = 1.717,72€ x1,55%=26,62€
F.Profesional=1.717,72€x0.10%=1,72€
IRPF del 10%=1.377,95%=137,80€
Total Deducciones=246,87€
Liquido a percibir =1.131,08€
En este caso cuando una persona coge la baja,I.T por enfermedad, esta se calculara por la base diaria del mes anterior de la casilla de C.Comunes, en la cual ya esta metida el prorrateo de las pagas extras, por lo cual nos deberían de pagar en la baja la parte de las pagas, por eso cuando llega el día de cobro de la misma en muchas empresas lo descuentan, en el caso de que la baja se produzca en el primer mes de empezar a trabajar, la base se sacara de lo cobrado realmente los días trabajados, si la baja es de accidentes la base diaria sale de la casilla de Contingencias Profesionales y deberemos sacar la media de las horas extras de los doce últimos meses si se hubieran realizado y agregarlo a la base diaria de Contingencias Profesionales.
O sea que la parte proporcional de las pagas realmente sale de una base diaria, si esque no esta pactado en convenio otra cosa.
Un saludo
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Franc Invitado 
03/9/2006 13:25:31
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Ejemplo de una persona que tiene tres pagas Navidad-Beneficios y de paga de Verano
Según convenio a razón de 30 días y por los siguientes conceptos;
Salario Base =31.50€
Plus Convenio= 9.80€
Antigüedad=% del Salario Base.
Hay que tener en cuenta que las pagas se pueden cobrar cuando llegue el día de la misma o bien incluidas en la nomina cada mes.
En cualquier caso la S. Social obliga a incluirlas en nomina cada mes para el cobro de la parte que le toca a la S. Social, como ya sabréis hay un tope máximo de cotización que es de 2.813,40 €, esto viene dado a que si se cotizara en el mes del cobro de la misma, habrían muchas personas que se pasarían del tope y quedarían legalmente exentas de cotización y esto a la S. Social no le gustaría.
Esto sería una nomina echa con el cobro de las pagas en sus fechas.
Salario Base =31.50€ x 31= 976,50€
Plus Convenio= 9.80€ x 31= 303.80€
Antigüedad 10% S.Base= 97,65€
Total=1.377,95€
Prorrateo Extras=1.377,95x3:365x30=339,77€
Descuentos
C.Comunes=1.717,72€ x4,7%=80,73€
Desempleo = 1.717,72€ x1,55%=26,62€
F.Profesional=1.717,72€x0.10%=1,72€
IRPF del 10%=1.377,95%=137,80€
Total Deducciones=246,87€
Liquido a percibir =1.131,08€
En este caso cuando una persona coge la baja,I.T por enfermedad, esta se calculara por la base diaria del mes anterior de la casilla de C.Comunes, en la cual ya esta metida el prorrateo de las pagas extras, por lo cual nos deberían de pagar en la baja la parte de las pagas, por eso cuando llega el día de cobro de la misma en muchas empresas lo descuentan, en el caso de que la baja se produzca en el primer mes de empezar a trabajar, la base se sacara de lo cobrado realmente los días trabajados, si la baja es de accidentes la base diaria sale de la casilla de Contingencias Profesionales y deberemos sacar la media de las horas extras de los doce últimos meses si se hubieran realizado y agregarlo a la base diaria de Contingencias Profesionales.
O sea que la parte proporcional de las pagas realmente sale de una base diaria, si esque no esta pactado en convenio otra cosa.
Un saludo
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RAQUEL TORRES Invitado 
04/9/2006 10:20:05
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Estoy contratada desde el 30 de marzo y en la paga de julio me han pagado a razón de año trabajado, como en el texto refundido y en el convenio no se especifica el período ( si es anual o semestral) pues se han cogido al que más le han convenido. Mi pregunta es ¿dónde se especifica cómo calcular las pagas extraordinarias a razón del tiempo trabajado? ¿existe alguna normativa o ley?
Gracias.
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Emi Invitado 
03/10/2006 07:38:35
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, tengo una duda,soy propietario de una pequeña empresa de transportes, estoy como autonomo y tengo a mi cargo tres empleados; resulta que desconfio de mi gestor y creo que me hace mal las nóminas, me gustaria saber si la paga de beneficios es obligatoria o nó y si fuese así de que depende el poder cobrarla. Y por otra parte quisiera saber si las pagas prorrateadas se le aplican descuentos de la s.s o se cobran integras. Tambien quisiera saber como poder calcular el prorrateo de las pagas y si yo como empresario tengo que pagar algo a la seguridad social de dichas pagas.
Un saludo muy fuerte y os agradeceria que me pudierais responder cuanto antes.
Gracias.
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Jorgito Invitado 
06/10/2006 12:02:57
| RE: Pagas extraordinarias IP: Logged
Message: Hola, trabajo de dependiente en una tienda y resulta que este mismo mes el dia 18 me pasaron de aprendiz de dependiente a Dependiente,
mi salario era de 575€+ 4 pagas extras al año,ahora a subido a 891€+ 4 pagas al año pero mi duda es la forma ke tienen de separar la extra de este mes.
No se si me explico bien, pero resulta que como en este mes me renovaron me dieron 4 nominas.
1- del 1 de septiembre al 17 normal
2- del 18 de septiembre al 30 normal
pero la duda es la forma en la que me reparten la paga extra:
17dias de contrato antiguo del 1 de septiembre al 17 (550) de paga extra
13 dias de nuevo contrato del 18 de septiembre al 30 (31,50) de paga extra
La paga extra de esos 13 dias con el nuevo contrato no tendria ke ser mucho mas? o eske las pagas extras se van acumulando y esos 13 dias son mu pokos para cobrar mas?
Gracias por la ayuda
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