|
|
Foro de LexurEditorial.com [
return
]
| | From | Message |
Miguel Invitado 
17/1/2005 19:02:49
|
Tema: RE: valor punto secuelas accidente IP: Logged
Mensaje: Hola, me gustaria saber cuanto me corresponderia por fractura de clavicula y fractura de escapula con acabalgamiento de fracmentos debido a un accidente de moto. Llevo cuatro semanas de baja con inmovilizacion del brazo. Muchas gracias de antemano. Saludos
|
ana maria Invitado 
13/2/2005 22:32:15
| RE: valor punto secuelas accidente IP: Logged
Message: HOLA, TUVE UN ACCIDENTE EL 21 DE SEPTIEMBRE CON ESGUINCE CERVICAL Y CONTRACTURA EN EL HOMBRO TUVE QUE HACER REHABILITACION,INCLUSO DESPUES DE LA BAJA HE VUELTO HA VISITAR URGENCIAS POR LOS DOLORES DE CABEZA Y ESPALDA,PASE POR EL MEDICO FORENSE EL 13 DE DICIEMBRE,HE VISTO LA TABLA DE PUNTOS PERO HAY ALGO QUE NO ENTIENDO EL MEDICO FORENSE DIAGNOSTICO LOS 63 DIAS IMPEDIDA, QUE ESTUVE DE BAJA Y DEL 1 A 8 EN PUNTOS DE SECUELAS,SIN DECIR EXACTAMENTE CUANTOS PUNTOS , AHORA SI ME OFRECEN INDEMNIZARME NO SE, SI ME ESTAN DANDO LO CORRECTO, O DEBO LLEGAR A JUICIO.
EL CASO QUE VA LENTO Y A MI COMPAÑIA NO LE HAN RESPONDIDO TODAVIA Y TAMPOCO ME INSPIRAN DEMASIADA CONFIANZA NO ME MANTIENEN AL CORRIENTE DE NADA TENGO QUE ESTAR LLAMANDO YO. ME PUEDE ORIENTAR ALGUIEN.GRACIAS
|
juanbeltran Invitado 
24/6/2005 15:03:15
| RE: valor punto secuelas accidente IP: Logged
Message: Ana María:
El consejo que se te podría dar es evidente: consulta a un abogado. Hay muchos especializados en éste tipo de reclamaciones.
Ten en cuenta que tu compañía te pone a tu disposición un abogado, pero la defensa jurídica que cubre tu poliza no tiene porque ser necesariamente con el de la compañía. Puedes buscarte uno por tu cuenta y después pasarle la minuta a la compañía.
Por otra parte, es el juez quien debe delimitar el alcance de la responsabilidad civil por secuelas, y decidir en qué medida ha influido el accidente en tu vida.
Todos los años el Ministerio de Trabajo publica una tabla con la valoración de cada secuela, pero suele ser un valor indicativo, con unos márgenes (Salvo fallecimiento que sí está muy delimitado, lo cual menos mal que no es el caso).
No pierdes nada con consultar a otro abogado para ver si se está haciendo lo correcto. Suerte
|
pepe Invitado 
01/7/2005 02:23:06
| consulta indemnizacion IP: Logged
Message: Hola. he tenido un accidente de trabajo y he tenido 5 operaciones. €stomago,higado,vazo,diafragma y el pulmon. TAmbien tuve varias costillas rotas. las cicatrices que tengo son en la barriga una vertical de unos 20 centimetros y en los costados varias de 2 centimetros de diametro. En el pulmon se me ha queadado regular ya que me han echo una expirometria y el nivel funcional es de grado 3. La mutua me ha mandado ya al tribunal medico porque dicen que ya no va a mejorar mas. Llevo un años dado de baja. me gustaria saber laindemnizacion aproximada que me corresponde. Muchas gracias
Espero vuestra respuesta
|
cristina Invitado 
17/8/2005 16:24:24
| RE: valor punto secuelas accidente IP: Logged
Message: hola he tenido un accidente y tengo esguince cervical.me gustaria saber si puedo exijir al medico del seguro una resonancia y tambien saber quien es el que decide las secuelas q te queda a la hora de las indemnizaciones.?
|
cristina Invitado 
17/8/2005 16:28:22
| RE: valor punto secuelas accidente IP: Logged
Message: hola he tenido un accidente y tengo esguince cervical.me gustaria saber si puedo exijir al medico del seguro una resonancia y tambien saber quien es el que decide las secuelas q te queda a la hora de las indemnizaciones.?
|
raquel Invitado 
15/9/2005 14:45:40
| RE: valor punto secuelas accidente IP: Logged
Message: hola me gustaria saber a cuanto corresponde el punto de secuelas? gracias
|
Pilar Colomer Invitado 
20/9/2005 10:29:36
| RE: valor punto secuelas accidente IP: Logged
Message: Las secuelas derivadas de los accidentes de trafico, están reguladas por la LEy 30/95, en concreto en su Anexo, con las modificaciones que se operaron al respecto por la Ley 34/05. Lo que a una persona le podría corresponder por una determinada secuela (lesión permanente), depende de la gravedad de dicha secuela. Por ejemplo, si como habeis comentado uno tiene una cervicalgia, depende si es con irradiación braquial o sin ella, es decir, si te afecta y se extiende a los brazos o no. Dentro de estas dos secuelas diferenciadas, depende de la intensidad del dolor, y las molestias que eso te provoque. Quien debe determinar este grado de intensidad y por tanto la gravedad de la secuela es el mmédico forense adscrito a los Juzgados de instrucción del partido judicial donde haya ocurrido el accidente. Para que dicho facultativo os examine, antes debereis presentar una denuncia por una falta de lesiones contra el conductor del vehículo que os ha causado el accidente.
Cuando el médico forense emite, lo que se llama, informe de sanidad, puntúa o valora las secuelas derivadas del accidente y los días de baja (impeditivos o no impeditivos), que el accidente os haya supuesto.
Con esos datos, acudiendo al enexo mencionado al principio y a las resoluciones de la DIrección General de Seguros que cada año se publican a fin de actualizar el calor económico de los días y de las secuelas, se puede calcular el montante económico de la indemnización.
Todos los puntos no valen lo mismo, dependen de la edad de la víctima y de los puntos totales irrogados en su persona. Parece un poco complicado, aunque no lo es. Lo mejor es que designeis a un abogado de confianza que os lleve el tema. Por tener el seguro del coche, teneis los honorarios de ese abogado cubiertos, o por lo menos parte de ellos. Es vuestro derecho poder elegir al letrado que querais si no os gusta el de la compañía o teneis a uno de confianza. Sus honorarios deberán ser pagados por vuestra compañía de seguros.
Respecto a la pregunta de Cristina, de si puedes exigirle al medico del seguro una resonancia, te diré que a los medicos no se les puede decir nunca lo que deben hacer, porque normalmente no lo hacen, les fastidia bastante. Es comprensible, pues nosotros no somos peritos y por tanto no sabemos que es lo que deben o no pautarnos en un determinado caso concreto. No osbtante, no se a que seguro te erfieres si al de la compañía contraria o al tuyo, pero en cualquier caso, sigue tu sanidad ajena a cualquiera de los dos. Es una opinión.
Contestación a Ana MAría. Es común, cada vez menos, que no concreten los puntos de secuela, y simplemente pongan el rango que la ley establece para esa secuela. Si tu has acudido an varias ocasiones a urgencias o al medico porque te está molestando mucho, significa que la sintomatología de la secuela es como mínimo moderada o grave, por lo que de 1 a 8 puntos deberás moverte entre 5, 6, 7 u ocho que es la más grave. Todo lo que te den por debajo, entiendo que no es correcto, pero hay que ver caso por caso.
|
|
|
| <<Mensaje original <<Página anterior P 2 | |
|
Tema cerrado
|
| Si quieres añadir, preguntar o comentar algo sobre este asunto,
abre un nuevo tema en el foro pinchando aquí
|
|
 |