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- / Familia / aceptacion herencia
Autor Mensaje
manuela

# Publicado: 14 Nov 2007 06:56
Responder 


antes de hacer la aceptacion de la herencia hay que hacer un inventario con todos las propiedades del fallecido. en este caso el fallecido tenia propiedades fuera de españa. es necesario incluirlas en el inventario o por el contrario al estar fuera de españa no????

Danielle
Miembro
# Publicado: 14 Nov 2007 12:54
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Se han de incluir todos los bienes y derechos del fallecido así como todas las deudas y obligaciones, estén donde estén ubicados.

Anónimo

# Publicado: 15 Nov 2007 06:51
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Existe testamento en el se específican todos los bienes y a quién se le deja cada uno de ellos. ¿Es posible hacer la aceptación y adjudicación de la herencia ante notario (no hablo del juzgado) sin la comparecencia de uno de los herederos?.

paco

# Publicado: 16 Nov 2007 02:50
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Se podría hacer, pero si aparece algún heredero con posterioridad podría impugnar esa adjudicación.
Mejor contar con todos los posibles herederos antes de hacer la adjudicación

Anónimo

# Publicado: 16 Nov 2007 06:30
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el familiar fallecido dejo como herederos a sus tres hijos. Estos aún no han aceptado la herencia y uno de los hermanos tiene miedo que ante la pasividad de sus hermanos la herencia pase a manos del estado.
¿Existe alguna limitación en el tiempo para aceptar la herencia?
Muchas gracias por todo y un saludo.

Anónimo

# Publicado: 19 Nov 2007 03:20
Responder 


si hay algnua propiedad y no se incluye en la adjudicacion para el reparto de la herencia eso podria significar que se renuncia a ella? si uno de los hermanos tendria escritura de dicha propiedad que no se hubiera incluido en la adjudicacion, podria vender sin consultar al resto de los hermanos?
si nos estuviesen llamando para hacer la aceptacion pero estuviesemos dando largas, podrian denunciarnos?

shark
Miembro
# Publicado: 20 Nov 2007 02:32
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En principio no hay un plazo definido para la aceptacion de la herencia, salvo que alguien solicite al juez esa aceptacion, y el juez marcará un plao, que no podrá exceder de 30 días.

shark
Miembro
# Publicado: 20 Nov 2007 02:36
Responder 


En principio no hay un plazo definido para la aceptacion de la herencia, salvo que alguien solicite al juez esa aceptacion, y el juez marcará un plazo, que no podrá exceder de 30 días.

Para hace rel reparto lo mejor es ir al registro civil y preguntar por las propiedades del fallecido, con su DNI. De todos modos mejor que no os demoreis mucho y os pongais de acuerdo porke las herencias son complicadas y los abogados cuanto mas tardan mas tajada se llevan.

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