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- / Familia / Pension para una abuela
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jab

# Publicado: 7 Dic 2007 15:22
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Hola a todos. No se si este es el lugar indicado (en caso de que no lo sea os pido disculpas) para las siguientes preguntas :

Una pareja de abuelos vive solo con la pension del abuelo (unos 400 - 500 euros aprox.). La abuela tiene derecho o puede conseguir alguna pension ??
Ahora los echan del inmueble donde vivian y para pagar un piso de alquiler con los precios actuales como que les es imposible la existencia.
Aunque no se si es el caso, si no ha contribuido nunca puede tenerla ??
Os agradezco de antemano vuestra antencion

Danielle
Miembro
# Publicado: 10 Dic 2007 03:58
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Hola jab,
La pensión de jubilación se percibe tras cumplir 65 años, cesar en toda actividad laboral y haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, de los cuales dos deberán estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al momento de causar derecho o de aquel en que cesó la obligación de cotizar.

En el caso de no haber trabajado hay una pensión denominada 'no contributiva' que puede solicitar y que asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.

paco

# Publicado: 12 Dic 2007 03:00
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Pensiones no contributivas:
Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones siguientes:
· Invalidez.
· Jubilación.

Requisitos:
- Carecer de ingresos suficientes:
Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2007, sean inferiores a 4.374,02 € anuales. No obstante, si son inferiores a 4.374,02 € anuales y se convive con familiares, habrá que ver la renta de esos familiares.
- Además, tener 65 o más años y residir en territorio español por al menos 10 años.

jab

# Publicado: 12 Dic 2007 05:31
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Muchisimas gracias Danielle y Paco. Intentare informarme sobre su situacion y a la vez, indicarles vuestros comentarios.

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