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- / Familia / pisos privativos de cada uno- separacion o gananciales
Autor Mensaje
chispita
Miembro
# Publicado: 8 Abr 2008 03:16
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el tiene un piso, y yo otro. mi pregunta si al entrar en gananciales, podremos declarar cada uno el piso por separado, o tendremos que hacer conjuntoen declaracion renta.. en la declaracion sale mejor conjunto- porque luego, el va a alquilar su piso, y los frutos que den los pisos, aunque sean privativos son comunes., entonces yo tambien voy a tener que declararlos.

que me interesa mas de cara a proteger mi patrimonio?

Danielle
Miembro
# Publicado: 9 Abr 2008 02:19
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chispita
Si lo que te preocupa es mantener la propiedad privativa de tu piso no tienes porqué preocuparte, siempre que quede acreditado que el piso lo compraste antes de la sociedad de gananciales, que lo estas pagando tú.

En IRPF pueden hacer declaración conjunta los conjuges y da igual el régimen económico de la sociedad de gananciales.

Son dos aspectos de nuestro orden jurídico que estan separado, uno se refiere al derecho de propiedad, en el marco de nuesto ordenamiento civil, y el otro se refiere a como tributar por los frutos obtenidos de esos bienes. Haz tu declaración de IRPF como mejor te convenga a efectos tributarios, tu patrimonio está protegido y seguirá siendo tuyo con carácter privativo.

chispita
Miembro
# Publicado: 9 Abr 2008 09:42
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pero mi pregunta es que si es de uno, se puedan deducir los 2?

Danielle
Miembro
# Publicado: 11 Abr 2008 03:37
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Cada uno puede deducirse únicamente por los bienes que son suyos, si el bien es privativo lo declara el propietario, no ambos, a todos los efectos tanto para gravar como para desgravar.

Si el piso es de ambos cada uno declara la parte que tenga, si es a partes iguales el 50% cada uno.

Vamos que cada uno lo suyo

chispita
Miembro
# Publicado: 11 Abr 2008 08:38
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pero si estas en gananciales desde que te casas todo es compartido no?

Danielle
Miembro
# Publicado: 19 Abr 2008 02:16
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chispita
Efectivamente si te casas en régimen de gananciales todo lo que obtienes desde que te casas es de la sociedad de gananciales, y por tanto compatido al 50%, pero lo que tenías antes de casarte es tuyo y solo tuyo, por eso se distingue entre bienes privativos (en general los que tenían los cónyuges antes de casarse) y bienes gananciales (los que pertenecen a la sociedad de gananciales, como los ingresos del trabajo)

Un bien privativo se puede aportar a la sociedad de gananaciales por el conyuge propietario y entonces pasa a formar parte del patrimonio de esta y por tanto a ser de ambos cónyuges al 50%.

Espero haberme explicado de modo que lo hayas entendido. Un saludo

chiki

# Publicado: 13 May 2008 03:14
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Por favor a ver si alguien me puede decir esto porque me han dicho de todo:

-Si aporto un piso privativo a la sociedad de gananciales, ¿hay que pagar impuestos sobre esta operación? (donaciones o algo)

-Una vez hecho habría que pasarlo al registro? ¿Cuánto me puede costar?

Gracias por adelantado!

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