Lexur Editorial - Informática y Derecho   
Buscar legislaciónAñadir una página de recursos jurídicosContactar con nosotrosIr a la portadaVolver a la página anterior
Legislación Boletín Oficial del Estado Noticias jurídicas Foro de usuarios



 
 - Principal - Responder - Estadísticas - Registrarse - Buscar -
- / Trabajo / Contrato de duración determinada
Autor Mensaje
CUCHI

# Publicado: 13 Sep 2007 09:26
Responder 


Buenas tardes. Llevo desde el 26 de Marzo de 2007 trabajando en una empresa, en principio me hicieron un contrato de 3 meses que me prorrogaron el 26 de Junio por otros 3 meses, mi pregunta es la siguiente: Si ahora me quieren echar deben notificarmelo con 15 dias de antelación o no es necesario?

Anónimo

# Publicado: 14 Sep 2007 03:43
Responder 


Hola Cuchi! Pues verás, en tu caso, el Estatuto de los Trabajadores dice en su art. 49 que los contratos de trabajo se extinguirán, entre otras razones, por expiración del tiempo convenido o realización de la obra, con derecho a indemnización de 8 días por cada año de servicio (proporcionalmente).
Los contratos de duración determinada con duración inferior a la máxima legalmente establecida, serán automáticamente prorrogados hasta ese plazo cuando no medie prórroga expresa o denuncia y el trabajador siga prestando servicios. Cuando se cumpla esa duración máxima o acabada la obra, si no hubiera denuncia y se continuara en la prestación, el contrato se entiende prorrogado por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario.
Si el contrato de duración determinada fuera de más de un año, la parte que renuncie debe avisar a la otra con una antelación de al menos 15 días.En tu caso, al no durar el contrato más de un año, no tendrían siquiera que avisarte.
Suerte!

Su respuesta
Estilo Negrillas  Estilo Italico  Estilo Subrayado  URL De La Imagen  Sin código BB *¿Ayuda?

» Usuario  » Contraseña 
Puedes poner tu "nick" sin contraseña, solamente si el Nick no está registrado por otro.
 

Política de datos | Aviso legal | Lexur en Internet


© 2000 - 2007 Lexur. Todos los derechos reservados.