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- / Trabajo / Reclamación sueldo firmada liquidación
Autor Mensaje
jaisab
Miembro
# Publicado: 7 Mar 2008 07:25
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Hola a todos, mi pregunta es la siguiente,
Puede un empleado exigirte alguna cantidad, al haber firmado el finiquito y liquidación, donde dice que ha recibido todo lo que se le debe ? Despues de 4 meses un empleado me reclama una cantidad de dinero.
gracias y un saludo.

Danielle
Miembro
# Publicado: 8 Mar 2008 02:36
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Pues según cuentas no parece que pueda reclamarte nada, a menos que pueda demostrar que el pago efectivamente no se ha realizado.

marusa
Miembro
# Publicado: 9 Mar 2008 17:46
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El finiquito ha de reunir una serie de requisitos para tner caracter liberatorio. En algunos convenios (como los de la construccion se establece incluso un modelo que es necesario utilizar). No es sencillo saberlo sin tener el texto del finiquito delante pues depende de los términos en que esté redactado.

Mira esto a titulo informativo y sino consulta con un abogado:

La jurisprudencia del TS viene admitiendo la posibilidad de que el trabajador, en uso de su libertad, exteriorice una declaración de voluntad con fines liberatorios del vínculo contractual y de sus efectos económicos, lo que no viola el artículo 3.5 del Estatuto de los Trabajadores, pues la conducta del mismo no supone por este solo hecho una renuncia anticipada de derechos, ni se trata de derechos indisponibles, siempre y cuando, naturalmente, esa manifestación de voluntad reúne los requisitos del artículo 1.261 del Código Civil y especialmente los que se refieren al consentimiento (art. 1262 y ss CC). El finiquito, sin perjuicio de su valor normalmente liberatorio, viene sometido como todo acto jurídico o pacto del que es emanación externa a un control judicial que puede y debe recaer, fundamentalmente, sobre todos aquellos elementos esenciales del pacto previo r y es, con motivo de este examen e interpretación, cuando puede ocurrir que el mismo pierda su eficacia normal liberatoria, sea por defectos esenciales en la declaración de la voluntad, por falta del objeto cierto que sea materia del contrato o de la causa de la obligación que se establezca, o bien por ser contrario a una norma imperativa, al orden público o perjudicial a terceros.

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