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- / Trabajo / Fin de obra y finiquito en contrato de larga duracion
Autor Mensaje
Xenopus

# Publicado: 11 Jun 2008 05:30
Responder 


Hola,

Llevo en mi empresa con un contrato de obra desde Septiembre del 2002, con un contrato de telemarketing. Ahora se acaba la obra para la que estoy contratado, y a la hora del finiquito me dice que como estoy contratado antes del 2006 solo tengo derecho a 8 dias por año, y no se me considera fijo en mi empresa. He leido en el estatuto que si tengo mas de 30 meses (que los tengo), y varios contratos consecutivos en el mismo sitio y para el mismo puesto, que es lo que es, ya que durante el 2001 y el 2002 estuve trabajando en el mismo sitio con diversos contratos consecutivos.

¿Se me considera fijo? ¿donde lo pondria? ya que me van a pedir en que parte viene eso reflejado.

Si alguien pudiera ayudarme lo agradeceria mucho.

Gracias por adelantado.

isabela
Miembro
# Publicado: 18 Jun 2008 04:29
Responder 


Hola!
Bueno pues viendo el estatuto parece que llevas razon,es decir que si llevas mas de 30 meses,de los cuales has estado contratado mas de 24 meses,con o sin solucion de continuidad,para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirás la condición de trabajador fijo.
Ademas las unicas excepciones a esto y que por tanto no se aplica son a los contratos formativos, de relevo e interinidad,que no es tu caso,porque tu contrato no es ninguno de estos.
Es decir que si cumples con todos y cada uno de esos requisitos,tal y como dice el estatuto adqueriras la condicion de fijo.
El fundamento de esta regulacion en el Estatuto de los Trabajadores,es consecuecia de la reforma laboral de 2006,donde la Ley 43/2006 para la Mejora y el Crecimiento del Empleo, establece en su articulo 12.2 esta nueva redaccion para el articulo 15.5 del estatuto de trabajadores.
Yo creo,que si te van a despedir,alegando que ya he treminado la obra para la que te contrataron,te tienen que pagar una indemnizacion por los 30 meses de trabajo,ya que no te termina el contrato por fin de obra,sino que tu eres fijo y te estan despidiendo. Yo iria a un abogado y le preguntaria sobre esto,llevale todos tus contratos desde el principio.

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