Lexur Editorial - Informática y Derecho   
Buscar legislaciónAñadir una página de recursos jurídicosContactar con nosotrosIr a la portadaVolver a la página anterior
Legislación Boletín Oficial del Estado Noticias jurídicas Foro de usuarios



 
 - Principal - Responder - Estadísticas - Registrarse - Buscar -
- / Tráfico / Dos accidentes en un mes
Autor Mensaje
azuleas

# Publicado: 10 Nov 2007 03:21
Responder 


Saludos a todos.
El día 6 de octubre sufrí un accidente de tráfico en el que un coche me dio por detrás causandome a mí un esguince cervical y daños traseros al vehículo. Llevo de baja un mes y llevo 20 sesiones de rehabilitación. Ayer, día 9 de noviembre sufrí otro accidente exactamente igual, me dieron por detrás y me provocaron áun más dolor en las lumbares y en las cervicales.

¿Cómo se computan estas lesiones a efectos de las compañias contrarías, puede negarse la primera a seguir pagando o la segunda decir que los daños ya los tenía con anterioridad?

Sería preferible denunciar a los dos conductores y que un juez dictaminase sin esperar a que ninguna compañia me ofrezca nada?
¿y si la primera compañía, la del primer accidente, me ofrece algo, debo valorarlo o debo esperar a estar curada del todo de las lesiones provocadas por los dos accidentes?

Danielle
Miembro
# Publicado: 14 Nov 2007 05:16
Responder 


Has de esperar en todo caso a que te den el alta. Después deberás buscarte un abogado para demandar a las dos compañías y serán los peritos de las mismas las que deban acreditar qué daños pertenecen a uno o a otro accidente y el juez decidirá.
La primera compaía pagaría por las lesiones del primer accidente y la segunda por el agravamiento de estas y por las nuevas que hubieran haberse podido causar.
En cualquier caso si te ofrecen algo es decisión tuya, con asesoramiento de tu abogado, tomarlo o no.

Su respuesta
Estilo Negrillas  Estilo Italico  Estilo Subrayado  URL De La Imagen  Sin código BB *¿Ayuda?

» Usuario  » Contraseña 
Puedes poner tu "nick" sin contraseña, solamente si el Nick no está registrado por otro.
 

Política de datos | Aviso legal | Lexur en Internet


© 2000 - 2007 Lexur. Todos los derechos reservados.