Lexur Editorial - Informática y Derecho   
Buscar legislaciónAñadir una página de recursos jurídicosContactar con nosotrosIr a la portadaVolver a la página anterior
Legislación Boletín Oficial del Estado Noticias jurídicas Foro de usuarios



 
 - Principal - Responder - Estadísticas - Registrarse - Buscar -
- / Tráfico / Indemnización
Autor Mensaje
LOLATOITO
Miembro
# Publicado: 10 Mar 2008 14:46
Responder 


Mi pregunta es en relación a una indemnización que he cobrado por un accidente de tráfico en el que me ví involucrada el pasado año y he cobrado recientemente.La cantidad es de unos 4700 euros y mi duda es si la tengo que declarar el próximo año en la declaración 2008, y si los honorarios del abogado lo tengo que justificar al fisco.
Gracias.

Danielle
Miembro
# Publicado: 11 Mar 2008 05:02 - Editado por: Danielle
Responder 


Hola lolatoito, las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente
reconocida estan exentas y por tanto no tienes que declararlas, por este motivo tampoco tendrás derecho a deducción por los honorarios.

Vamos, que no tienes que declarar ni lo uno ni lo otro, así que disfruta de ese dinero y aprovechalo en unos masajes que te alivien las secuelas, o al menos te endulcen el mal rato.

Anónimo

# Publicado: 12 Mar 2008 12:26
Responder 


Buenas Lolatoito.

Me alegro de que estes bien, y de que hayas cobrado ya la indemnización. Se que te voy a hacer una pregunta muy indiscreta, pero me podrías decir que lesiones tuviste en el accidente de trafico? ¿Has tardado casi un año en cobrar?

Yo es que llevo tres meses, y aun ni me ha visto el forense, esto es muy largo.

¿Estas ya recuperada de las lesiones? Si no es así, mejorate.

Gracias.

Su respuesta
Estilo Negrillas  Estilo Italico  Estilo Subrayado  URL De La Imagen  Sin código BB *¿Ayuda?

» Usuario  » Contraseña 
Puedes poner tu "nick" sin contraseña, solamente si el Nick no está registrado por otro.
 

Política de datos | Aviso legal | Lexur en Internet


© 2000 - 2007 Lexur. Todos los derechos reservados.