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- / Vivienda / mi terraza es privada o comun de uso privativo?
Autor Mensaje
janor
Miembro
# Publicado: 15 Ene 2010 12:58
Responder 


Hola mi pregunta es la siguiente tengo una gotera en la galeria de mi cocina que justo es techo de mi terraza, es un duplex, he llamado a mi seguro privado y me ha dicho que la gotera casi está seguro que viene del "sumidero" de la terraza pero queindependientemente de donde venga el seguro solo se arregla la estetica de la gotera.

Horas despues ha venido el perito de la comunidad y ha dicho idem de lo mismo pero que a ellos no les corresponde el arreglo ya que la terraza es privativa de uso privativo.

Yo al final he cogido la escritura de la vivienda y pone textualmente esto:"..... teniendo además en la planta quinta el uso de determinada porción, delimitada mediante tabicación, que el titular de la vivienda podrá utilizar como terraza privativa",

No se como interpretar este párrafo y no se si finalmente es la terraza privada de uso privativo o comunitaria de uso privativo.

Y en ambos casos a quien correspondería el arreglo.

Gracias de antemano, un saludo

Manolo
Miembro
# Publicado: 19 Ene 2010 12:57
Responder 


Tu terraza es de tu propiedad, bueno... es tan de tu propiedad como lo es una plaza de garaje.

Existe un derecho real el "uso" que es distinto de la cmpleta propiedad y que es algo así como un alquiler perenne con las mismas limitaciones que éste: si en el alquielr no puedes subarrendar o vender la vivienda, en el caso del derecho de uso, el inmueble se puede "usar" conforme al "uso" transmitido en la escritura. Si se trata de una plaza de garaje, lo que se transmite no es el suelo, ni el techo ni la posibilidad de montar una tienda en tu plaza de garaje sino la facultad de "usar" ese espacio como plaza de garaje, aunque el mismo suelo que pisas sea propiedad de la comunidad. Imagínate que el garaje de tu bloque es de dos pisos y a los que hay debajo de tu garaje les cae agua por una filtración en el desagüe que hay en tu plaza de garaje.

En el caso de tu terraza, parece que tienes una situación parecida: no es tuya la propiedad completa de la finca (no puedes edificar ni hacia arriba ni hacia abajo), no puedes montar un helipuerto o una discoteca de verano, ni nada de nada. Únicamente puedes utilizar ese espacio como terraza de tu casa pero no tuyo ni el suelo que pisas.

En consecuencia, será tu obligación "usar" la terraza como lo haría "un buen padre de familia" pero aparte de eso, no tienes más obligaciones y si hay filtraciones hacia abajo u otro problemas, eso es un asunto de la comunidad de propietarios.

Saludos.

janor
Miembro
# Publicado: 20 Ene 2010 01:03
Responder 


gracias por tu ayuda, la explicación me ha aclarado muchisimo. un saludo.

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