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Wardbase.- La fiscal y Torras se oponen a la petición de anular el juicio planteada por las defensas de los acusados

MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

La fiscal Anticorrupción Belén Suárez y el abogado Manuel Cobo del Rosal, que ejerce la acusación particular en el "caso Wardbase", en nombre del Grupo Torras, se opusieron a las peticiones realizadas por las defensas para que se anulara el juicio que comenzó hoy en la Audiencia Nacional contra tres ex asesores de esta compañía papelera. En 2002 los acusados fueron exonerados del proceso, el primero que se juzgó de la trama de KIO, al apreciarse que su responsabilidad había prescrito, aunque posteriormente el Tribunal Supremo ordenó que fueran enjuiciados de nuevo.

En el banquillo de los acusados se sienta el abogado Juan José Folchi y los ex apoderados Miguel Soler y José María Sot Casas, cuyos letrados utilizaron la fase de cuestiones previas a la vista para alegar de nuevo la prescripción de la responsabilidad penal de sus defendidos y la vulneración del principio "non bis in idem", puesto que su conducta por las irregularidades detectadas en KIO fue ya revisada por un tribunal comercial británico.

La representación procesal de Torras pide 9 años de cárcel para Folchi y 6 años para cada uno de los apoderados por los delitos de apropiación indebida que presuntamente cometieron en la denominada "operación Wardbase", mientras que la Fiscalía Anticorrupción no realiza acusación alguna contra los encausados.

DECLARARON COMO TESTIGOS.

En primera fase de este proceso resultaron condenados el ex vicepresidente de Torras Javier de la Rosa, el ex directivo Jorge Núñez y el ex diplomático Manuel Prado y Colón de Carvajal cuyas penas fueron confirmadas por el Supremo y que ya cumplen prisión. Los abogados de Folchi, Soler y Sot afirman que este hecho les coloca en una situación de desigualdad, puesto que existe un relato de hechos sobre la operación financiera ya declarado firme por el alto Tribunal.

Asimismo, las defensas consideran que el juicio se inicia "sin igualdad de armas", en palabras del abogado de Folchi, José Rofes, ya que los tres acusados declararon como testigos en el primer juicio de "Wardbase", es decir, con obligación de decir verdad. Rofes también pidió la suspensión de las sesiones hasta que se pronuncie el Tribunal Constitucional, ante el que se ha presentado un recurso de amparo contra la sentencia del Supremo.

Durante la vista celebrada hoy tanto la fiscal Suárez como Cobo del Rosal solicitaron a la Sala que desestime las cuestiones previas planteadas por las defensas. Argumentan que se trata de los mismos argumentos que los letrados plantearon en la primera fase del juicio y fueron rechazados por la Sala, una decisión que, salvo en el tema de la prescripción, ha sido confirmada por el Supremo.

La resolución del alto Tribunal de repetir el juicio también afectaba a una empleada de Folchi, Karen Linda Parker, aunque ésta ha logrado eludir el banquillo de los acusados después de que el grupo Torras haya retirado las acusaciones contra ella.

La decisión del Supremo ha obligado a celebrar el juicio con otros magistrados diferentes a los que actuaron durante la primera vista oral por estos hechos. En esta ocasión preside el magistrado Santiago Pedraz y completan el tribunal Antonio Díaz Delgado y Nicolás Poveda, habiendo sido designado ponente este último.

HECHOS ENJUICIADOS.

Según los hechos probados en la primera sentencia de la Audiencia Nacional por este caso, confirmada por el Supremo, en 1988 Torras -participada en un 80 por ciento por la kuwaití KIO-, adquirió una participación mayoritaria en la empresa belga Celulosa de Las Ardenas, y se comprometió a la construcción de una planta papelera en Bélgica que debía entrar en funcionamiento en 1992.

En el citado año, tras la Guerra del Golfo, De la Rosa decidió desviar fondos del Grupo Torras sacándolos al extranjero y dirigiéndolos a Manuel Prado y Colón de Carvajal, persona con la que en ese momento mantenía "fuertes vínculos personales y económicos".

El financiero tomó la decisión de servirse de aquella inversión en Bélgica y de Wardbase, una sociedad que el Grupo Torras había adquirido en Londres, "simulando la prestación de un servicio" abonando en las cuentas de Suiza de Prado, "quien aceptó recibir esos fondos, para después darles un destino que no se conoce".

Según la sentencia de la Audiencia, Wardbase no tenía infraestructura para prestar ese tipo de asesoramiento y no realizó actividad alguna en cumplimiento del contrato que firmó con Torras Papel. Más tarde, De la Rosa dio las instrucciones necesarias para que el pago se realizase y el 25 de mayo de 1992, Carin Linda Parker, empleada del abogado Juan José Folchi, envió un fax indicando a Michael Charles Russel, representante de Wardbase, que la transferencia que iba a recibir debía destinarse a la cuenta "ADNHIL" del Banco de Ginebra, que pertenecía a Prado.

Núñez recomendó a De la Rosa, a través de una carta enviada el 7 de mayo de 1992, que efectuara el pago a Wardbase debido a que su abogado amenazaba con emprender acciones legales si el pago no se realizaba.

El Supremo, al igual que hizo la Audiencia Nacional en su día, no dió ninguna credibilidad a la versión ofrecida por De la Rosa en el juicio, donde dijo que el pago había sido aprobado por la dirección de KIO y que la transacción a Prado respondía al apoyo prestado por el Estado español a la familia real Kuwaití.

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