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Noticias jurídicasLa Audiencia de Barcelona absuelve a un hombre que mintió para encubrir a su hija del asesinato de su abuelaBARCELONA, 7 (EUROPA PRESS)La Audiencia de Barcelona considera justificable que un padre mienta para encubrir a su hija, menor de edad, en el asesinato de su abuela. Así lo señala el magistrado-presidente de la Audiencia en una sentencia de 8 de mayo de 2004 en la que absuelve a un acusado del delito de encubrimiento por considerar que "no es penalmente exigible" que delate a su hija. El 8 de mayo pasado, un jurado popular declaró, por unanimidad,inocente a Vicente R.U., de 51 años de edad, vecino de Sentmenat (Barcelona), del asesinato de su madre, aunque lo declaró culpable de un delito de encubrimiento. Los miembros del jurado llegaron a la convicción de su inocencia porque "no se ha podido probar que planeara el crimen con su hija" ni que "saliera de la habitación del ordenador hasta las diez de la noche" donde, según su declaración, estuvo toda la tarde del día de los hechos. La prueba concluyente de la inocencia del acusado fue la pruebaforense, precisamente, la misma que incriminaba directamente a su hija. Según la autopsia, una única persona mató a la anciana con una hachuela de carnicería. El asesino fue una persona "con poca fuerza y poca destreza en el manejo del utensilio", circunstancia que excluía al procesado porque había sido carnicero. AUTOR DE UN DELITO DE ENCUBRIMIENTO. Sin embargo, los miembros del tribunal popular consideraron al acusado autor de un delito de encubrimiento, por mentir y aportarpruebas falsas para exclupar a su hija, de 15 años de edad, queposteriormente fue condenada por este crimen. Aunque no hay duda de que el procesado "distorsionó la escena del crimen, para impedir que se descubriera que en realidad el hecho cometido integraba una muerte dolosa a manos de su hija, ofreciendo y creando datos falsos", la sentencia señala que "esta conducta no es penalmente reprochable en este caso". El acusado ha sido absuelto porque concurre "la excusa absolutoria" del parentesco. Según señala la sentencia, "entiende la ley que la conducta del acusado no es merecedora de pena por no serle exigible a ningún hombre-medio una conducta distinta a la llevada a cabo, motivo por el cual, procede su absolución". El crimen, que levantó una gran alarma en el pueblo, sucedió el 28 de julio de 2001 en el estanco que regentaba la anciana --madre del acusado y abuela de la menor--. La víctima recibió 16 hachazos y luego fue quemada. El acusado intentó encubrir a su hija, simulando que se había cometido un atraco en el establecimiento y ocultando la mala relación entre su madre y la menor. |
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