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Noticias jurídicasAprobados los proyectos de Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente y de Ley Foral de la AdministraciónPAMPLONA, 14 (EUROPA PRESS)El Gobierno de Navarra ha aprobado esta mañana, en la sesión ordinaria que ha celebrado en el Parador Nacional de Olite, el proyecto de Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente y el proyecto de ley de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, hasta ahora, en único texto. El consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero, explicó que la separación obedece al interés por resaltar la naturaleza del Gobierno y del presidente como órgano de dirección de la acción política. La Administración la componen los servicios para ejercer esa acción. Caballero expuso que la norma actual tiene veinte años y que se había convertido en algunas ocasiones en "un corsé" para el trabajo del Gobierno y para acercar la administración a los ciudadanos y facilitar las relaciones con ella. El proyecto de Ley Foral del Gobierno de Navarra y su Presidente define al primero como el órgano colegiado que impulsa la iniciativa política y resalta del segundo su naturaleza institucional y de representación de la Comunidad Foral, ampliando sus funciones de organización del Gobierno de Navarra. Según Caballero, el proyecto aspira a servir a cualquier gobierno, por lo que espera las aportaciones de los grupos políticos en el Parlamento y que la ley salga adelante con amplio consenso. La composición del Ejecutivo quedará establecida por uno o varios vicepresidentes, (figura no regulada actualmente), sin límite de número y elegidos entre los consejeros, que serán miembros del Gobierno y cabezas visibles de uno o varios departamentos (el número de departamentos no se señala, eliminando la obligación de oscilar entre 7 y 11). Caballero subrayó que es competencia del presidente crear, agrupar, separar o suprimir departamentos y recordó las dificultades del actual ejecutivo cuando, al comenzar la legislatura, quiso modificar carteras. Con el fin de equiparar protocolariamente a los miembros del Gobierno de Navarra con los del resto de ejecutivos de la Comunidades Autónomas, todos ellos recibirán tratamiento de excelencia, actualmente sólo reservado para su presidente, tratamiento que tendrá carácter vitalicio. Además, el Gobierno de Navarra contará con cuatro órganos de asistencia y apoyo. Por un lado, el portavoz, cargo que puede recaer o no en un consejero (en caso de no serlo, tendrá rango de director general), que tendrá su propia oficina; el secretariado del Gobierno, personal funcionario, que apoyará en su tarea administrativa al consejero que ejerza de secretario en las sesiones del Gobierno (el titular de las competencias de Presidencia). En tercer lugar, la comisión de coordinación, órgano asesor que examinará previamente los asuntos a tratar en sesión por el Gobierno de Navarra, así como competente para llevar a cabo la coordinación administrativa y jurídica de todos los departamentos de la Administración de la Comunidad Foral. Estará presidido por el consejero-secretario y participarán en él, al menos, el titular del Secretariado del Gobierno de Navarra y los secretarios generales técnicos de los departamentos en los que estructura la Administración Foral. Y en como cuarto tipo de órganos, los gabinetes, unidades de apoyo político y técnico de cada uno de los miembros del Gobierno, para los que podrán libremente designar, con carácter eventual, a personal de su confianza. El proyecto de Ley Foral también aborda los procedimientos de elaboración de disposiciones de carácter general, tanto de rango legal como reglamentario, frente a una regulación ciertamente escasa de los mismos existente en la actualidad. Se incorpora asimismo por primera vez en Navarra la exigencia de un informe de impacto por razón de sexo para la aprobación de cualquier disposición de carácter general, tanto legal como reglamentaria. Javier Caballero destacó la creación de nueva categoría normativa: los decretos forales legislativos de armonización tributaria, creada para adaptar el contenido de las leyes tributarias sustantivas de Navarra a las novedades introducidas por la legislación estatal y de aplicación en la Comunidad Foral en razón del Convenio Económico. Actualmente, esta armonización legal se realiza a través de decretos forales que posteriormente ratifica el Parlamento de Navarra, pero sin elevarlos a rango legal. PROYECTO DE LEY DE LA ADMINISTRACIÓN En cuanto al proyecto de Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, el consejero aseguró que el objetivo era adecuar la legislación existente para ofrecer un mejor servicio, más rápido y eficaz, al ciudadano navarro, que exige una modernización. El consejero explicó que la norma recoge que el Gobierno de Navarra contará para su trabajo con la Administración foral, con los organismos públicos, integrados por organismos autónomos y entidades públicas empresariales, y con otras entidades de carácter público, como sociedades públicas y fundaciones públicas, constituidos y regulados al amparo del derecho privado, pero de carácter público en atención a su creación o posición dominante del Gobierno de Navarra en su accionariado. Y el esquema básico de la Administración que apunta este proyecto de Ley Foral es el siguiente, por orden jerárquico: departamentos, direcciones generales, secretarías generales técnicas, servicios, secciones, negociados y otras unidades administrativas inferiores a sección. Las direcciones generales, con el nuevo proyecto de Ley Foral tendrán las competencias propias necesarias para la resolución de los expedientes de su área administrativa (hasta ahora las competencias eran delegadas por los consejeros). Se trata de dotar a las direcciones generales de un auténtico poder originario y de reconocer su papel político dentro de la Administración, superando la tradicional configuración en Navarra de mera agrupación de servicios y de órganos sólo capacitados para resolver por delegación de los consejeros. Con ello se libera igualmente a los consejeros de una gran carga de gestión administrativa. Las secretarías generales técnicas, una por departamento, asumirán las competencias principales en materia de gestión de personal, asesoramiento legal, coordinación presupuestaria y relaciones con otros departamentos. Respecto a las mejoras introducidas en la atención directa al ciudadano, la nueva legislación permitiría el empleo de los soportes informáticos para agilizar la instrucción de expedientes administrativos, al tiempo que se marcan pautas para reducir el trabajo burocrático y coordinar a las distintas unidades intervinientes en la resolución de un mismo caso. Todas las solicitudes ciudadanas serán resueltas en tres meses con carácter general, y siempre que la norma no establezca otro plazo, el cual, salvo excepciones, no podrá exceder de seis meses. La novedad principal en la atención ciudadana es el cambio de la regulación de los recursos administrativos. Hasta ahora era el Gobierno de Navarra quien resolvía la totalidad de estos recursos, pero el proyecto de Ley Foral descarga al Gobierno de tal labor, que a partir de ahora será asumida según los casos por consejeros y directores generales, dejando solamente algunos pocos recursos de alzada para que sigan siendo resueltos por el Gobierno de Navarra. Otro de los apartados novedosos es el de las sanciones y responsabilidad patrimonial. Por primera vez, se regula en Navarra con carácter general y con rango de ley estos dos tipos de procedimientos administrativos. Se establece un régimen sancionador general, de aplicación para los casos en los que las leyes o reglamentos navarros no prevean un procedimiento específico. Hasta la fecha, había que acudir a la normativa estatal. Las sanciones del Gobierno de Navarra, si se pagan dentro de un mes junto a las indemnizaciones y se muestra por escrito la conformidad con la resolución sancionadora, se reducirán en un 30. |
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