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Indemnizarán con 223.518 euros a una mujer a la que provocó lesiones irreversibles por una errónea operación

VALENCIA, 14 (EUROPA PRESS)

La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a la conselleria de Sanidad a indemnizar con 223.518,83 euros a una mujer a la que le practicaron una operación de vértebras en el Hospital General de Alicante, calificada de errónea, y que le ha producido lesiones irreversibles.

La sentencia estima así el recurso de la afectada contra la resolución presunta por silencio administrativo del conseller de Sanidad, por la que se desestimaba la reclamación de los daños y perjuicios sufridos por la mujer, de 66 años en el momento de la operación, que se llevó a cabo sin consentimiento informado por un neurocirujano en marzo de 1998 el Hospital General de Alicante.

Como consecuencia de la intervención, la mujer, que permaneció 579 días de hospitalización y de baja, sufrió una parálisis del nervio hipogloso derecho, que le origina una dificultad para mover el cuello y le produce una limitación de los movimientos de flexo extensión, rotación y lateralización; hipoestesida para la sensibilidad dolorosas en los dedos de las manos; atrofia de la hemilengua derecha; disfagia para sólidos y líquidos, además de una depresión.

En este caso, la sala considera que, de acuerdo con los expedientes que constan en el informe administrativo, emitidos por especialistas en neurocirugía, se llega a la conclusión de que "el diagnóstico estaba equivocado, la intervención quirúrgica no estaba indicada, la técnica quirúrgica no fue adecuada, el postoperatorio fue defectuosamente seguido y las lesiones quirúrgicas son irreversibles".

Estas conclusiones, según la sala, fueron aceptadas por la instructora del procedimiento administrativo, que aceptó la indemnización solicitada por la parte recurrente y no fue cuestionada por los abogados de la demandada. Por eso, considera acreditado la existencia de un daño derivado de la asistencia derivada a la paciente, que tiene derecho a ser indemnizada por la suma que reclama.

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