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El juez duda de que un hombre no durmiera durante tres días y le absuelve de secuestrar y prostituir a su ex

SEVILLA, 15 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un hombre de 44 años de delitos de detención ilegal, determinación a la prostitución y robo con violencia, así como de una falta de lesiones, de los que venía siendo acusado ya que no consta que, tras acercarse a su ex pareja sentimental, ella fuera obligada a permanecer en su compañía, ni tampoco que él la forzara a prostituirse, la robara o la golpeara.

En cambio, aunque el acusado se enfrentaba a un total de diez años y medio de cárcel que para él pidió el fiscal una vez celebrado el juicio, la Audiencia sí que le condena como autor de un delito de quebrantamiento de condena, por el que abonará una multa de 2.880 euros, y decide devolverle la navaja, el palo y la defensa policial que le fueron incautadas.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la "conflictiva relación sentimental" entre J.L.B.E. y su pareja motivó que un juzgado de Instrucción decretara en junio de 2003 el alejamiento del acusado respecto a la mujer.

Con esta orden en vigor, el 16 de septiembre contactó con ésta, permaneciendo juntos hasta la tarde, cuando J.L.B.E. daba comienzo su jornada laboral como guarda de seguridad. Durante los tres días siguientes, estuvieron en mutua compañía, recoge el fallo entre los hechos probados.

El día 19, esta mujer, que presentaba un hematoma en el muslo, solicitó auxilio policial, siendo poco después detenido el enjuiciado, cuya defensa en el caso ha llevado el letrado Pedro Pousada, y al que se le ha aplicado el principio de 'in dubio pro reo' ante los "elementos de verosimilitud como de incredibilidad en las declaraciones" de víctima y supuesto agresor.

"Lamentablemente en el plenario no ha llegado a conocerse toda la verdad de lo acaecido durante los momentos en que permanecieron juntos", dice la sentencia, para añadir que "cuesta mucho creer que, como pretende la testigo, durante tres días y tres noches el acusado permaneciera alerta sin conciliar el sueño, en todo momento vigilante de su ex compañera sentimental y controlando sus movimientos".

Tal "cúmulo de interrogantes" impide aceptar como probado que la mujer fuera privada coactivamente de su libertad deambulatoria o forzada a practicar la prostitución" por el acusado, "como tampoco que éste le robara con violencia o le golpease en los días que sucesivamente y durante un tiempo no determinado permanecieron en mutua compañía".

El juicio oral se celebró el pasado 12 de mayo en la Audiencia, y en el mismo la acusación particular se adhirió a las conclusiones del Ministerio Fiscal, ya referidas. La sentencia también falla que se le devuelvan al acusado la navaja, el palo y la porra que le fueron incautadas tras su detención.

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