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El viceconsejero de Seguridad del Gobierno vasco deberá declarar como imputado en un caso de lesiones a un manifestante
Comparecerán los responsables de la 'mesa de crisis' que debía decidir sobre el acto que Garzón consideró que había preparado ETA
BILBAO, 11 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de Instrucción número 1 de Bilbao ha citado a declarar como imputados para el próximo 29 de septiembre al viceconsejero de Seguridad del Gobierno vasco, Mikel Legarda, al director de Seguridad Ciudadana, Jon Uriarte Unzalu, y al jefe territorial de la Ertzaintza en Vizcaya, Jorge Aldekoa, al considerar que pueden haber incurrido en un delito de imprudencia con resultado de lesiones, al perder un hombre un ojo a consecuencia del lanzamiento de una pelota goma en la manifestación del 14 de septiembre de 2002, en la que se produjeron altercados.
En la providencia, a la que tuvo acceso Europa Press, la juez pide la comparecencia de los responsables de Interior para tomarles declaración al haber conformado la 'Mesa de Crisis' que debía tomar las decisiones sobre la marcha convocada bajo el lema "Gora Euskal Herria" y que el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón afirmó que había sido preparada por ETA-Ekin, por lo que instó al Gobierno vasco a que adoptara las medidas oportunas para "prevenir la legalidad".
La Ertzaintza trató de impedir la movilización cuando ésta había cubierto alrededor de la mitad del trayecto y, en las cargas contra los manifestantes, se registraron diversos heridos, entre ellos JM.C.C. La actuación de la Policía vasca provocó numerosas críticas, por lo que el consejero de Interior, Javier Balza, compareció en el Parlamento vasco para dar explicaciones.
Tras resultar herido JM.C.C, el letrado Iñigo Santxo denunció ante los tribunales que su defendido había perdido un ojo a consecuencia de uno de los disparos de pelotas de goma que realizó la Policía vasca. El Juzgado de Instrucción número 1 de la capital vizcaína archivó en dos ocasiones las diligencias previas, al afirmar que no había podido ser identificado el autor material del disparo.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Vizcaya estimó los recursos de apelación del letrado y emplazó a la juez a continuar la investigación para esclarecer las circunstancias en que se produjeron las lesiones.
En su auto del pasado mes de febrero, los magistrados de la Sección Primera del órgano juridiccional vizcaíno, Ana Iracheta, Nekane San Miguel y Edorta Herrera indican que la lesión del manifestante "no lo es por un caso fortuito, sino que existe una actuación concreta que la produce".
En este sentido, señalan que, cuando se deduce que un hecho "puede revestir características de ilícito penal, es obligación del juez de instrucción incoar diligencias en averiguación de las circunstancias que sea posible determinar en relación con el hecho, así como la identificación de las personas que han intervenido, la de quienes han podido resultar afectados por lo acaecido y todo cuanto pueda influir en la calificación de los hechos aparentemente ilícitos".
"La finalidad de la instrucción es la de realizar los actos de investigación encaminados a la averiguación del delito e indentificación del delincuente", insiste la resolución judicial, que recuerda que JM.C.C. sufrió lesiones que precisaron asistencia médica, ingreso hospitalario y tratamiento posterior, y que derivaron en "secuelas importantes" como la pérdida de un ojo.
La resolución, redactada por Nekane San Miguel, emplazaba a la magistrada-instructora a investigar si las lesiones se producen antes de estallar los disturbios, si existía una mesa o gabinete de crisis cuya función era de la controlar la intervención de los agentes y darles las órdenes pertinentes, si existían cintas de vídeo grabadas por medios de comunicación que puedan "arrojar luz sobre las circunstancias del caso" e incluso en las que se pueda "visualizar quién realiza el disparo, a qué distancia y en qué circunstancias".
"Parece coherente y ajustado al fin de la instrucción el que se proceda a practicar, de momento, la llamada a prestar declaración a los componentes de esa mesa de crisis", señalaba, al tiempo que instaba a que la Ertzaintza explicara si, "como parece lógico, se lleva un control de los agentes de portan el tipo de arma desde el que se produjo el disparo y si pueden saber quiénes dispararon, cuántas pelotas y desde qué lugares".
Asimismo, aseguraba que "también es de interés al fin de la causa la aportación del informe" que el consejero de Interior, Javier Balza, presentó en el Parlamento vasco sobre la actuación de la Policía vasca en la manifestación.
Todas estas pruebas han sido recabadas por la titular del Juzgado de Instrucción número 1, que también ha citado a declarar a Legarda, Uriarte y Aldekoa "en calidad de imputados por un presunto delito de imprudencia" al haber conformado la 'Mesa de crisis'.
INFORMES DE LA ERTZAINTZA
En un informe remitido a la juez instructora tras los hechos para aportarlo al sumario, la Jefatura de la Unidad de la Comisaría de la Ertzaintza en Bilbao explica que el 14 de septiembre de 2002 "y siguiendo directrices emanadas de la superioridad" ante el auto remitido por Baltasar Garzón en el que instaba a "cumplir la legalidad", se dispuso un operativo de agentes de la Ertzaintza -conformado por un total de 170 agentes, entre los cuales 73 portaban escopetas lanzapelotas- para impedir el desarrollo de la manifestación.
En este sentido, destaca que, cuando la cabecera de la manifestación multitudinaria, que en ese momento contaba ya con la afluencia de entre 30.000 ó 40.000 personas, llegó a la altura de los cordones policiales y, mientras el mando operativo de la Policía autónoma dialogaba con portavoces de la marcha para comunicarles que no se iba a permitir la movilización, "diversos manifestantes intentaron traspasar el cordón policial, a la vez que insultaban e increpaban a los agentes que les impedían el paso".
Ello provocó, según asegura la Policía autónoma, que "los concentrados arreciaran los insultos, gritos en favor de ETA y amenazas a los agentes", al tiempo que se produjo "el lanzamiento generalizado" de objetos contra los agentes como botellas, piedras, adoquines o material de obra.
"Ante la agresión de la que estaban siendo objeto y para tratar de atajar esta situación, obligando a los concentrados a que dejasen de arrojar objetos, los recursos policiales afectados se vieron en la necesidad de realizar cargas con material antidisturbios, sin que existiese una orden expresa en tal sentido del mando policial en el lugar ni de instancias superiores", destaca.
El escrito indica que, a partir de ese momento, "las cargas se tuvieron que efectuar cada vez que se reprodujeron incidentes similares, máxime teniendo en cuenta que en la Unidad se estaban recibiendo llamadas telefónicas de varios ciudadanos que comunicaban la presencia de personas encapuchadas portando cajas con objetos en las calles asyacentes a la calle Autonomía", lo que les hizo temer que hubiera riesgo de lanzamiento de artefactos incendiarios.
En otro escrito del 28 de mayo de 2004, la Ertzaintza señala que "no es posible determinar la situación y actuación individualizada de cada agente que tomó parte en las cargas" al ser "un operativo formado por numerosas personas uniformadas que no mantienen posiciones fijas, sino que utilizan diversos desplazamientos y cambios de posición entre ellas".
Según asegura, tampoco es posible establecer quiénes hicieron los disparos con las escopetas, "si bien se puede afirmar que la utilización de éstas fue generalizada por la cantidad de material antidisturbios utilizado".
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