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Entra en vigor la normativa sobre medidas urgentes para reparar los daños causados por inundaciones e incendios

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

El real decreto-Ley, aprobado por el Consejo de Ministros, que contempla una serie de medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y los incendios que se han producido en los últimos meses en las comunidades de Aragón, Cataluña, Andalucía, Navarra y Valencia, entra en vigor hoy, según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Las medidas afectan al ámbito de competencias de diferentes Ministerios: Presidencia, Economía y Hacienda, Interior, Fomento, Trabajo y Asuntos Sociales, Agricultura, Pesca y Alimentación, Administraciones Públicas y Medio Ambiente.

El real decreto Ley pretende hacer frente a los incendios e inundaciones que se han producido en los últimos meses y que dejaron varias víctimas mortales. Así, en julio y agosto, se produjeron en la Comunidad Valenciana y en la Comunidad Autónoma de Andalucía unos incendios forestales de excepcional envergadura que adquirieron grandes dimensiones, con la consiguiente secuela de daños, fundamentalmente sobre masas forestales y explotaciones agrícolas y ganaderas.

Igualmente, durante la primera quincena del mes de septiembre se han producido graves inundaciones en las Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña, Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Valenciana que han ocasionado importantes daños en bienes de titularidad pública y privada. Similares consecuencias tuvieron también las fuertes lluvias e inundaciones producidas el pasado mes de marzo en la provincia de Málaga.

El texto además de las medidas que venían constituyendo el contenido tipo de los reales decretos Leyes en materia de catástrofes, incorpora una serie de medidas excepcionales y unas previsiones económicas suficientes que permitan hacer frente a las mismas.

AYUDAS EXCEPCIONALES POR DAÑOS PERSONALES

El real decreto Ley contempla excepcionalmente la concesión de una ayuda de 18.000 euros a los familiares de las personas fallecidas. Ello supone una importante ampliación respecto del régimen ordinario previsto en la Orden de 18 de marzo de 1993, en la que esta ayuda tiene un importe de 12.000 euros, y supone también la eliminación del requisito de que, para percibir las ayudas, se necesite una renta familiar igual al Salario Mínimo Interprofesional (o superior en función del número de miembros de la familia), lo que en la práctica hacía inoperantes estas ayudas. Las citadas ayudas quedarán exentas de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Igualmente, con carácter excepcional, las ayudas por daños en vivienda, que en la orden de 18 de marzo de 1993, tienen un tope de 9.000 euros, se elevan hasta un máximo de 24.000 euros. Se eliminan también todas las limitaciones basadas en el nivel de renta a que se hace referencia en el párrafo anterior.

Como en ocasiones anteriores, se prevé financiar hasta un máximo del 50 por ciento las obras de reparación de todo tipo de infraestructuras de titularidad municipal. Las dotaciones presupuestarias excepcionales incluidas en el Decreto ascienden a quince millones de euros, con la finalidad de garantizar la efectividad práctica de esta medida.

El real decreto Ley incluye una amplia línea de créditos preferenciales para reparar todas las instalaciones que hayan resultado dañadas como consecuencia de los incendios e inundaciones, y se incrementa su dotación respecto a anteriores normas de la misma naturaleza. Dicha línea de crédito, a un tipo de interés básico del 1,50 por 100, con un margen máximo de intermediación financiera del 0,5 por 100, está dotada con veinte millones de euros.

BENEFICIOS FISCALES

Este apartado incluye un catálogo de medidas entre las que se encuentran: exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para las viviendas y locales dañados; reducción proporcional al tiempo de producción de la actividad en el Impuesto sobre Actividades económicas; exención de las tasas de la Dirección General de Tráfico por tramitación de bajas de vehículos y expedición de duplicados de los permisos de conducir o de circulación; habilitación al Ministerio de Economía y Hacienda para que reduzca los módulos de las actividades agrarias, con la consiguiente disminución de las cuotas en los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Valor Añadido. Además, como novedad, las ayudas por fallecimiento estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En el ámbito laboral, el real decreto Ley incorpora una serie de medidas como las siguientes: exoneración al empresario del pago de cuotas a la Seguridad Social mientras dure la suspensión de contratos de trabajo derivados de los siniestros, y pago por el Fondo de Garantía Salarial de las indemnizaciones a los trabajadores en los casos de extinción de contratos de trabajo con causa en los siniestros; moratoria de un año en el pago de cuotas a la Seguridad Social correspondientes a los tres meses naturales anteriores inmediatamente a la producción del siniestro -hasta este momento dicha moratoria abarcaba únicamente los dos meses inmediatamente anteriores- para las empresas y trabajadores autónomos que hayan sufrido daños. Además, se prevé, como novedad, el derecho a la devolución de las cantidades correspondientes a las exenciones y moratoria descritas que ya hubiesen sido ingresadas en la Seguridad Social.

Asimismo, se contempla la celebración de Convenios entre las Administraciones Estatal, Autonómicas y Locales para la aplicación del Real Decreto Ley, en las que se fija como objetivo prioritario la reforestación de las zonas siniestradas.

Por otra parte, y en función de que los daños se han centrado especialmente en producciones agrícolas y ganaderas, se mantienen las ayudas habituales destinadas a indemnizar los daños en estas producciones, con la especificidad de ampliarlas con las producciones apícolas.

Por último, el real decreto Ley crea una Comisión Interministerial donde participarán, tanto las instancias centrales de diversos Ministerios como los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas afectadas. Esta Comisión se reunirá el próximo miércoles para poner en marcha de inmediato las medidas previstas.

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