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Condenan a la Subdelegación del Gobierno en Barcelona a pagar 1.500 euros por denegar la residencia a un inmigrante

BARCELONA, 19 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TJSC) ha condenado a la Subdelegación del Gobierno de Barcelona a pagar 1.500 euros, en concepto de gastos procesales, por denegar los "papeles" a un inmigrante por un "defecto formal".

Según el Alto Tribunal catalán, la Administración debería haber subsanado el defecto y haber concedido el permiso de residencia solicitado, y no paralizar durante dos años y de forma innecesaria la regularización del extranjero solicitante.

La Subdelegación del Gobierno de Barcelona denegó, en resolución de 8 de agosto de 2002, el permiso de residencia y trabajo solicitado por Fausto Armando M.Z. La administración denegó la solicitud presentada por el inmigrante alegando que no había aportado entre la documentación, el original del DNI del empleador.

El extranjero interpuso recurso contra esta resolución que ha sido estimado por el TSJC. Según la sentencia de 5 de julio de 2004 de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJC, se trataba de un "defecto subsanable" que "debió ser puesto de manifiesto al inmigrante antes de inadmitir su petición", tal como establece el artículo 71 de la ley de procedimiento administrativo 30/92.

La normativa de procedimiento administrativo contempla un periodo de 10 días para subsanar el error. Por esta razón, el TSJC considera que "procede reponer las actuaciones administrativas" y ordena a la Subdelegación del Gobierno "resolver la petición, habida cuenta que la deficiencia ya ha sido subsanada".

De este modo, el TSJC estima el recurso y reconoce el derecho a la regularización del inmigrante. Asimismo, condena a la Subdelegación del Gobierno en Barcelona a hacerse cargo de los gastos procesales ocasionados al perjudicado hasta un tope de 1.500 euros.

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