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La Audiencia de Valladolid confirma la pena de dos años y cuatro meses para un joven por maltratar a su ex novia

VALLADOLID, 20 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Valladolid ha confirmado la pena de dos años y cuatro meses de cárcel impuesta a un joven con iniciales P.A.P. por maltratar y amenazar a la que fue su novia, A.M.R., en diciembre de 2003. El fiscal y la acusación particular habían solicitado 4 y 5 años de cárcel, respectivamente.

En su fallo, al que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, la Sección II de lo Penal de la Audiencia Provincial confirma en todos sus términos el fallo anterior del Juzgado de lo Penal número 3, que considera al citado individuo autor de un delito de violencia doméstica habitual, otro delito de amenazas y diez faltas de insultos, coacciones, amenazas o vejaciones.

Por todo ello, la juez, como así ha ratificado ahora la Sala, le había impuesto un total de dos años y cuatro meses de privación de libertad, el pago de una multa global de 300 euros y de una indemnización de 1.000 euros a la víctima por los daños morales sufridos.

Durante el juicio la víctima ratificó todos y cada uno de los episodios en los que su ex pareja no sólo la amenazó sino que incluso la llegó a razandear, mientras que el acusado, cuyo letrado solicitó una sentencia absolutoria, negó haber protagonizado tales incidentes.

Los hechos que le imputaron tanto el fiscal como la acusación particular tuvieron su origen en una sentencia condenatoria anterior dictada por el Juzgado de Instrucción número 4, de fecha 4 de noviembre de 2003, que consideró al ahora condenado autor de una falta de injurias sobre A.M.R, con la que había convivido durante unos tres años.

Así, la víctima sostuvo que el acusado comenzó a acosarla un mes después, concretamente desde el 4 de diciembre, cuando se le acercó en Campo Grande y, tras llamarla "hija de puta" y amenazarla, la siguió hasta su domicilio, repitiendo este mismo comportamiento en dos días posteriores.

MENSAJES POR EL MOVIL

El envío de mensajes desde el teléfono móvil tanto al hijo de su ex pareja como a la madre de ésta con descalificaciones, así como la personación del acusado en el portal de la denunciante para tocar de manera reiterada el portero automático en horas intempestivas y un zarandeo del que fue víctima presuntamente la mujer constituyeron también, según las acusaciones, algunos de los incidentes ocurridos.

Todo ello dio lugar el 11 de diciembre de 2003 a un auto del Juzgado de Instrucción número 5 que prohibía al acusado acercarse a su ex pareja, su hijo y la abuela y mantener con ellos cualquier tipo de comunicación.

No obstante, el día 18 de ese mismo mes P.A.P. se encontró en la calle Perú con su ex novia y, según ésta, volvió a zarandearla e insultarla, al tiempo que los días 21 y 23 tuvo que soportar nuevamente llamadas a su portero automático y escuchar todo tipo de improperios.

El Ministerio Fiscal y la abogada de la víctima coincidieron en el rosario de delitos y faltas que imputaban al procesado, si bien la segunda de ambas acusaciones añadió el delito de amenazas, de ahí su solicitud de 5 años de cárcel, un año más que la acusación pública. Además, interesaba el pago de una indemnización de 12.000 euros.

Se da la circunstancia de que el condenado cuenta ya con distintas condenas entre 1995 y 1998, una por delito de abandono de familia y el resto por delitos contra la seguridad del tráfico.


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