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Condenan a un funcionario de Hacienda de Barcelona por revelar datos de contribuyentes durante más de dos años

BARCELONA, 4 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Barcelona ha condenado a una pena de ocho meses de cárcel a un auxiliar administrativo de la Agencia Tributaria de Barcelona por difundir datos de particulares y de empresas a terceros durante más de dos años. El tribunal le ha condenado por un delito de revelación de secretos, pero ha absuelto a los presuntos destinatarios de los datos porque no existen suficientes pruebas que los incriminen.

Asimismo, la Sección Séptima de la Audiencia de Barcelona ha aplicado una atenuante "muy cualificada" al procesado, Antonio Melguizo Lara, de 41 años, y le ha rebajado sustancialmente la condena porque la causa ha tardado casi nueve años en tramitarse.

El tribunal considera probado que el procesado trabajaba como auxiliar administrativo de la Agencia Tributaria en la administración de Horta de Barcelona, siendo su "exclusiva función" la venta de impresos de la citada administración, "sin que, en el ejercicio de su profesión le estuviera permitido el acceso a las bases de datos de Hacienda".

En este contexto, el acusado, "conociendo el carácter secreto y confidencial de dichos datos y sabiendo que no estaba autorizado ni tenía clave para acceder a dichas bases", aprovechó la ausencia de varios funcionarios de Hacienda que tenían las claves para "extraer" durante más de dos años "numerosa documentación relativa a personas físicas y personales jurídicas, tanto relativa a la Base Nacional de Datos como a la Base Provincial de la Agencia Tribvutaria".

La Audiencia de Barcelona considera probado que el acusado inició esta extracción de datos en junio de 1995 hasta que fue detenido en octubre de 1997, después de que encontraran los datos en unas carpetas que éste guardaba en la mesa de trabajo y en una entrada y registro que se realizó en su domicilio, en la calle Fabra i Puig de Barcelona.

NO CONSTA QUE LO VENDIERA.

La sentencia señala que el procesado obtuvo información de contribuyentes "sin su consetimiento" y la facilitó a terceros, "no constando acreditado" que "obtuviera remuneración económica por ello".

Respecto a los dos otros acusados, el tribunal afirma que no consta acreditado que "fueran los destinatarios de los datos ilícitamente obtenidos por el acusado".

La sentencia recuerda que el artículo 113 de la Ley General de Tributaria y el artículo 80 de la Ley de Funionarios civiles del Estado, "tiene un carácter de secreto confidencial, pues afecta a terceros, cuyas datos se encuentran en dichas bases y deben ser protegidos".

Asimismo, el tribunal desestima las cuestiones previas planteadas por el abogado del acusado, como la falta de legitimidad de la Agencia Tributaria para personarse en la causa como acusación particular, ya que considera que este ente debe salvaguardar la privacidad de estos datos.

Respecto a los otros dos acusados, la sentencia señala que "no se ha practicado prueba de cargo suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia que les ampara".

A pesar de que el fiscal solicitó más de cuatro años de prisión para el acusado, el tribunal le ha aplicado una atenuante por dilaciones indebidas que le ha rebajado sustancialmente la condena porque la causa ha tardado "casi nueve años" en tramitarse, siendo el procesado "ajeno" a estos retrasos.

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