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Visto para sentencia el juicio seguido contra un joven acusado de intento de agresión sexual contra una invidente

La víctima relató lo ocurrido, mientras que el acusado declaró no recordar el episodio

ALBACETE, 5 Oct. (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Albacete dejo hoy visto para sentencia el juicio seguido contra un joven, Antonio D.S., vecino de Lorca (Murcia), a quien se le acusa de un delito de intento de agresión sexual contra una mujer invidente. Aunque el joven declaró ante el Tribunal que no recuerda haber cometido los hechos que se le imputan, al finalizar la vista pidió perdón por el daño ocasionado y dijo poder entender el odio que la víctima podría sentir hacia él.

La mujer invidente relató ante la sala de vistas que el día de los hechos, el 12 de marzo del año pasado, sobre las seis de la madrugada, caminaba por la calle dirigiéndose hacia su trabajo, un kiosco de la ONCE, en Albacete. Explicó que notó la presencia de alguien a su alrededor y, en un momento dado, sintió que alguien iba detrás de ella durante unos minutos.

Fue entonces cuando alguien, presuntamente Antonio D.S., la abordó y le dijo "no grites, no voy a hacerte daño", lanzándola contra el hueco de un garaje, donde empezó a besarla, le subió la camisa y el sujetador, le realizó tocamientos, la tumbó al suelo y le bajó los pantalones llegando a penetrarla, aunque sin eyacular dentro.

La joven relató, sin poder ocultar sus nervios, como apelando a la compasión de su agresor logró que la pusiera de pie, "le dije que me dejara marchar que no lo denunciaría, lo que quería era hacer tiempo, que alguien me viera, porque yo no sabía si iba solo o había alguien más, si llevaba un arma o no, no lo podía ver, estaba indefensa".

La agresión cesó cuando una patrulla de la Policía Nacional, que había sido alertada por una llamada telefónica de algún vecino que dijo haber oído gritos de socorro, llegó al lugar, circunstancia ante la que Antonio D.S. echó a correr al mismo tiempo que se subía los pantalones, según declararon los policías, que afirmaron que de no ser por esta huída no se hubiesen dado cuenta de lo que estaba ocurriendo. Uno de los policías relató como se acercó a la víctima que, al saber que estaba ante un policía, se le abrazó y "me dijo que le habían hecho daño, que la habían violado".

NO RECUERDA LO OCURRIDO

El acusado, sin embargo, no recordó este episodio. Explicó ante la sala que llevaba poco tiempo viviendo en Albacete donde estaba trabajando y que aquel día salió con dos compañeros de trabajo a cenar y a tomar unas copas. Aseguró que habían comenzado a beber alcohol sobre las once y a las tres de la madrugada empezó a tomar cocaína.

Según declaró, lo último que recuerda de aquella noche es que dejó a sus dos compañeros y aparcó el coche para ir al piso que tenía alquilado y, a partir de ahí, su siguiente recuerdo es que "estaba dentro de un coche de la policía".

Antonio D.S. comentó que no es la primera vez que sufría una episodio de amnesia de este tipo, que ya le había ocurrido otras tres o cuatro veces más a consecuencia de la mezcla de alcohol y cocaína; al tiempo que reconoció que el delito del que se le acusaba era "muy feo" y aseguró que "en condiciones normales" no lo habría hecho.

En este punto, indicó que desde que ocurrieron los hechos, que ingresó en prisión, ha abandonado la cocaína y el alcohol porque "lo único que producen son problemas, ya no quiero saber nada más de las drogas", aseveró.

Este extremo fue confirmado por las psicólogas y asistentes sociales de la prisión de La Torrecica que, además, describieron al interno como una persona normalizada, que le costó adaptarse a la prisión porque nunca había sido detenido y que "lloraba y se angustiaba" cada vez que se le explicaba por qué estaba en prisión.

En su favor también declaró el alcalde pedáneo de la barriada de Pugara de Lorca, donde residía el joven, del que dijo que siempre había mantenido una conducta ejemplar.

9 AÑOS DE PRISIÓN

El Ministerio Fiscal, que en el último momento ha modificado la calificación de los hechos tipificándolos como un intento de agresión sexual y no como un intento de violación, ha solicitado que Antonio D.S. sea condenado a 9 años de prisión, más una multa de dos meses con una cuota diaria de 10 euros por una falta de lesiones, al tiempo que ha solicitado del tribunal que le sea impuesta la prohibición de aproximarse a la víctima durante los próximos cinco años.

La acusación particular, representada por la abogada Cristina García, ha coincidido con el Fiscal en la calificación de los hechos, aunque ha elevado su petición de pena de prisión a diez años.

Ni la representante del Ministerio Fiscal, ni la acusación particular creyeron que en el juicio hubiese quedado acreditado que el acusado había ingerido alcohol o cocaína aquella noche, ni que dicha ingesta le hubiese afectado a su conducta, al tiempo que pusieron de manifiesto la especial vulnerabilidad de la víctima, una mujer invidente, que en el momento de ser agredida carecía de mecanismos para defenderse.

En este sentido, la abogada Cristina García puso de manifiesto que de no haber sido cogido "casi in fraganti" el procesado, difícilmente podría haberse abierto causa alguna ya que la joven, al ser ciega, no podría haber identificado a su agresor. Asimismo, basándose en el testimonio de los forenses, también pusieron en duda que el procesado sufriese un episodio de amnesia como el que relató.

REBAJA DE LA PENA.

Sin embargo, la defensa de Antonio D.S., ejercida por la abogada Ana María Meca, ha pedido al Tribunal que la pena a la que sea condenado su cliente oscile entre los 18 meses y los tres años de prisión ya que, según mantuvo, deben apreciarse dos circunstancias atenuantes: la intoxicación etílica y de sustancias tóxicas y el hecho de que el procesado haya consignado ya en una cuenta bancaria los 18.000 euros que la acusación particular le reclama como indemnización por daños morales.

Asimismo, la abogada consideró que se debe rebajar en dos grados la pena por el delito de intento de agresión sexual del que se le acusa dado que la "tentativa se dio en una fase de ejecución menor" algo que quedó demostrado, según dijo, con pruebas como que la víctima no tuviese apenas magulladuras por lo que el forcejeo con violencia duró poco tiempo.


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