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Un juez prohibe a periodistas tomar notas durante un juicio público contra un militante de IU por delito electoral



MADRID, 5 (EUROPA PRESS)

El titular del Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid prohibió hoy a tres periodistas de dos medios de comunicación diferentes que tomaran notas durante un juicio público celebrado contra el portavoz de IU en la Junta Municipal de Retiro, a quien se le imputa un delito electoral y una falta de amenazas.

El juicio de faltas se celebró a última hora de esta mañana en la sala de vistas correspondiente al citado juzgado. Transcurridos varios minutos desde el comienzo del procedimiento, el juez autorizó la entrada del público que deseaba presenciar el enjuiciamiento cuando el acusado ya había prestado declaración.

En este caso, se enjuiciaba al portavoz de IU en Retiro, Julio Rodríguez Bueno, por promover una consulta paralela a las elecciones al Parlamento Europeo, el pasado 13 de junio, y por amenazar, supuestamente, a seis agentes de la Unidad de Intervención Policial (UIP) con requerir la presencia de su abogado.

Pese a que la defensa argumentó que al no existir acusación ni pública ni particular contra el procesado, ni denuncia escrita interpuesta en juzgado alguno contra él, no era de recibo que se celebrase el juicio, éste se llevó a cabo.

SÓLO ESCUCHAR

A los pocos segundos de iniciarse el interrogatorio del primero de los testigos -un policía nacional-, el magistrado se percató de la presencia de tres periodistas que tomaban notas sobre lo que acontecía en la sala para luego dar cuenta de ello a través de sus respectivos medios de comunicación y les llamó la atención instándoles a que dejaran de anotar.

Al preguntar uno de ellos si no se trataba de una audiencia pública, el juez confirmó tal extremo y añadió que, de cualquier modo, no se podía anotar nada de lo que allí estuviese pasando y que únicamente tendrían que limitarse a escuchar, invitándoles, en caso contrario, a abandonar la sala.

Inmediatamente después, solicitó a la agente judicial que le asistía que inspeccionara a los tres informadores y que, en caso de que éstos escribieran algo, lo impidiese. El juez en ningún momento solicitó a los reporteros, especializados en tribunales, que mostraran su acreditación como periodistas.

Al término del juicio, varios de los asistentes como público mostraron su indignación por la decisión adoptada por el juez. Por su parte, el acusado expresó su queja por el hecho de que hubiera tenido que declarar sin la presencia de público.

La Constitución Española prevé en su artículo 24 que todos los ciudadanos "tienen derecho a un proceso público, sin dilaciones indebidas y con todas las garantías". Del mismo modo, el artículo 120 reconoce que las actuaciones judiciales "serán públicas, con las excepciones que prevean las leyes de procedimiento".

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