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Noticias jurídicasEl jurado comienza las deliberaciones en Jaén sobre el marroquí que mató a su amante porque no le regularizó su estanciaJAEN, 5 (EUROPA PRESS)El jurado inició hoy en la Audiencia Provincial de Jaén las deliberaciones para determinar si es culpable de asesinato o de homicidio el marroquí que acuchilló y estranguló a un hombre de 50 años, con el que mantenía relaciones sexuales, porque no le hizo los trámites para regularizar su estancia en España. Según informaron a Europa Press fuentes judiciales, el magistrado presidente de la sección tercera de la Audiencia Provincial, José Cáliz Covaleda, repartió esta tarde el objeto de veredicto entre los nueve miembros del jurado --seis hombres y tres mujeres--, que comenzaron a deliberar sobre las 18.00 horas. En la vista oral, que concluyó esta mañana, la fiscal afirmó que Maakoud E.M. es culpable de un delito de asesinato tras considerar probado que infligió hasta once heridas incisas con un cuchillo y que, a continuación, usó la cuerda de una persiana para acabar estrangulando a la víctima. La representante del Ministerio público señaló que el ataque se produjo "de improviso" y de forma "súbita", cuando la víctima estaba semidesnuda en la cama esperando iniciar una relación sexual con su agresor. Además, recordó que en el cuerpo de Francisco A.G. no presentaba "ninguna evidencia de golpes de defensa". La fiscal afirmó que el marroquí planeó matar a Francisco A.G. durante la mañana del día de los hechos, el 21 de mayo de 2003, después de que se le notificase la incoación de un expediente de expulsión a pesar de que, según su testimonio, le había dado 1.200 euros a Francisco A.G. para que éste le ayudase a tramitar un permiso para permanecer en el país. No obstante, en su calificación contempló la circunstancia atenuante de arrepentimiento espontáneo, ya que el acusado, tras dar muerte al hombre en su domicilio de Jaén, salió a la calle y se entregó a la Policía, a la que pidió que "lo llevaran a la cárcel porque había matado a un hombre". Por su parte, la defensa calificó los hechos como homicidio con las atenuantes de arrepentimiento, embriaguez y arrebato, por lo que solicitó una pena de cuatro años de prisión. El abogado no apreció alevosía en el ataque de Maakoud E.M. y lo atribuyó a una obcecación causada por el estado de "nerviosismo" de aquel día después de que le anunciasen su expulsión del país y tras ingerir nueve litros de cerveza. El letrado recordó que el acusado había dado semanas atrás a Francisco A.G. una cantidad próxima a los 1.200 euros porque éste le había dicho que conocía a un abogado que podría regularizar su situación. Sin embargo, descubrió que su amante "se había quedado con el dinero" cuando la Policía le notificó su expulsión y se dio cuenta de que había sido víctima de una "estafa". En este sentido, recalcó que Maakoud E.M. se prestaba a mantener relaciones sexuales con él porque quería "conseguir papeles" y que para ello tenía incluso que beber alcohol. |
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