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El Consejo Fiscal propone que el divorcio no ceda obligatoriamente la vivienda a quien se quede con los hijos

MADRID, 5 (EUROPA PRESS)

El Consejo Fiscal, presidido por el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, propuso hoy una serie de mejoras al anteproyecto de reforma del divorcio aprobado por el Gobierno el pasado 17 de septiembre, entre las que destaca el que no se vincule obligatoriamente el uso de la vivienda familiar al cónyuge que mantenga la guarda de los hijos, al considerar que supone una fuente de conflictos.

En una nota de prensa facilitada por la Fiscalía, el Consejo Fiscal ha constatado que "la reforma no menciona la vivienda familiar, cuyo uso se vincula a la guarda de los hijos. Esto suele desencadenar conflictos, supeditando el interés de los hijos por el uso de la vivienda". Por ello, el Consejo cree que "se podría sustituir ese vínculo obligatorio por un criterio potestativo o preferente, a decidir por el Juez, oído el Fiscal". Asimismo, el Consejo estima que en el artículo 92 del Código Civil, por coherencia con lo que señala la Exposición de Motivos del Anteproyecto sobre el interés del menor, "sería conveniente evitar que el simple pacto entre los cónyuges determine la renuncia al ejercicio de la patria potestad o de la guarda de los hijos, salvo decisión judicial, previo informe del Fiscal y en supuestos muy extraordinarios".

En cuanto al establecimiento de un plazo obligatorio de tres meses de matrimonio para hacer posible la petición de separación o divorcio, la Fiscalía afirma que es una mejora respecto de la situación vigente.

TENTACION PREOCUPANTE

Sin embargo, si la novedad de la reforma es "el establecimiento de la autonomía de la voluntad de los particulares", el Consejo no alcanza a comprender la razón de establecer dicho plazo. Además, señala que las denuncias infundadas de malos tratos "constituyen una tentación preocupante para obtener la exención" de ese plazo.

En términos generales, el Consejo ha constatado que las novedades previstas en el denominado Anteproyecto de Ley de modificación del Código Civil en materia de separación y divorcio, "son fiel reflejo de las necesidades sociales hoy vigentes, y de la experiencia social y procesal pacíficamente asentada, por lo que merece el reconocimiento de su oportunidad y conveniencia".

Sin embargo, propone otras precisiones como que la expresión del artículo 81.2 del Código Civil "interés del otro cónyuge o el de los hijos", no es lo suficientemente clara, pues parece referirse a que el interés del cónyuge demandado determinará el régimen de excepcional celeridad de la actuación del cónyuge demandante. Además, creen que debería precisarse si los hijos mencionados en la previsión legal son los comunes de ambos cónyuges o también se abarca a los hijos que lo sean de cada uno de ellos, en los casos que lo requiera el interés de tales menores.

En relación a la regulación actual, las medidas provisionales presentaban un tiempo de respuesta como término medio de entre siete y ocho meses, durante el cual la pareja, ya rota y enfrentada, se veía obligada a convivir. La Fiscalía destaca que un 70 por ciento de los episodios de violencia doméstica se produce durante los trámites de separación, por lo que es de esperar que una mayor agilidad en el proceso evitará incrementar la conflictividad.

"Esta previsible disminución de los procedimientos y de los tiempos de tramitación repercutirá positivamente en la carga de trabajo de las Fiscalías --señala la nota de prensa--. Según la Memoria de la Fiscalía General del Estado, el Fiscal intervino durante 2003 en 54.577 procedimientos de separación y en 28.096 de divorcio".

Las recomendaciones del Consejo Fiscal al Anteproyecto se plasmarán en un informe definitivo que se remitirá en los próximos días al Ministerio de Justicia.

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