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Noticias jurídicasCondenado un hombre en Sevilla a 15 años de cárcel por agresiones sexuales continuadas sobre su hijastra menor de edadSEVILLA, 26 (EUROPA PRESS)La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha condenado a 15 años de cárcel a un hombre de 35 años por un delito continuado de agresión sexual cometido sobre su hijastra. Las agresiones se repitieron en múltiples ocasiones desde que la niña tenía entre nueve y once años de edad hasta que, en 2001 y cuando contaba con 17 años, amenazó al acusado con que iba a contar a su madre lo que le estaba haciendo. Según dice la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el procesado A.F.C. convivía desde 1992 con su pareja sentimental y las dos hijas de ésta en la barriada de Los Príncipes de Sevilla, contrayendo matrimonio en 1995. Entre agosto de 1993 y 2001, "aprovechando" que la madre no se hallaba en la vivienda y dada la "posición dominante" que llegó a ostentar en la unidad familiar, comenzó a tocar a su hijastra. La acusación particular, ejercida por la víctima de las agresiones y representada por el letrado Francisco Javier Martínez Jiménez, había solicitado una indemnización de más de 150.000 euros para la joven, si bien el tribunal ha concretado que la cifra sea finalmente la de 30.000 euros por los perjuicios ocasionados en el libre desarrollo de su personalidad. Además, al acusado se le prohíbe acercarse a la víctima durante el plazo de cinco años. "RECONOCIMIENTO PARCIAL" La Sala, que ha podido valorar directamente el testimonio de la perjudicada, ha llegado a una conclusión coincidente con la de los peritos designados en el sentido "que no se han apreciado en la informada indicadores de actitud engañosa o de mediatización por parte de otras personas", como alegaba la defensa. El "reconocimiento parcial" por parte del acusado de algunos de los hechos respecto a diversos besos y tocamientos por el pecho y la zona genital "reduce la controversia" en un primer momento a la determinación si también por parte de aquél se realizaron reiterados actos de acceso carnal por vía vaginal sobre la menor, imputación que negó el acusado a pesar de que no aportó "argumento o dato alguno medianamente sólido". El tribunal dice que la joven, nacida en 1984, "no miente al referir que ha sido objeto de múltiples episodios abusivos que, además de los tocamientos, se han concretado en reiteradas penetraciones", sin que además sea admisible pretender reducir esta última imputación a una venganza por el riguroso control horario a la que el acusado la sometía o por el hecho de haber sido sorprendida con su entonces pareja en el domicilio familiar. Al acusado no se le aprecia la atenuante de confesión ya que la admisión de los hechos que efectuó fue "incompleta en cuanto exculpatoria de las conductas imputadas más graves". La acusación particular pedía 31 años por un delito continuado de agresión sexual, otro de violación y otro continuado de agresión sexual. El fiscal, aunque en principio solicitó nueve años de prisión, se adhirió finalmente a esta acusación, si bien la pena se quedó en la mitad. |