Lexur Editorial - Informática y Derecho   
Buscar legislaciónAñadir una página de recursos jurídicosContactar con nosotrosIr a la portadaVolver a la página anterior
Legislación Boletín Oficial del Estado Noticias jurídicas Foro de usuarios



 

Noticias jurídicas

Antenas.-La Audiencia de Valladolid archiva definitivamente el caso de las antenas del colegio García Quintana

La decisión de la Sala, que no es susceptible de recurso, confirma el auto del Juzgado de Instrucción número 2

VALLADOLID, 3 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Valladolid ha ratificado el sobreseimiento de la denuncia que tanto el Ministerio Fiscal como la Asociación de Padres de Alumnos del Colegio Público García Quintana presentaron en octubre de 2001 para que se investigase la posible relación entre las antenas de telefonía existentes en un edificio cercano al citado centro escolar y la aparición de distintos casos de cáncer entre los alumnos.

En su fallo, al que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, el presidente de la Sección II de lo Penal de la Audiencia vallisoletana, Feliciano Trebolle, confirma el auto de sobreseimiento dictado en octubre de 2003 por el Juzgado de Instrucción número 2--fue ratificado en noviembre del mismo año por el mismo juez instructor--y desestima los dos recursos de reforma presentados por la Asociación de Padres del centro y varios padres a título individual.

La decisión de la Sala, contra la que no cabe recurso, se produce a pesar del informe que los recurrentes presentaron en Instrucción 2 sobre la detección de un quinto y último caso de cáncer y cuenta con el respaldo de la Fiscalía de Valladolid, que había decidido no recurrir el auto de archivo.

El titular de Instrucción 2 decretó en octubre de 2003 el sobresemiento al no considerar probado el riesgo para la salud que representan las antenas ni la comisión de un delito de prevaricación por parte de personas que han otorgado las autorizaciones para su instalación, principales cuestiones que se dirimían en vía penal.

En concreto, el referido auto judicial no consideraba probada la rela relación causa-efecto entre las antenas y la enfermedad y en tal sentido hacía referencia a la prolija prueba practicada tanto por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, un informe epidemiológico, el dictamen de la Academia Nacional de Medicina, las conclusiones de una comisión de investigación constituida al efecto y las de la Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Consejería de Sanidad.

En todas sus investigaciones los expertos no logran vincular la enfermedad con la emisión de ondas electromagnéticas y advierten del desconocimiento actualmente existente aún sobre la materia y el campo que todavía queda por investigar, si bien tampoco son capaces de asegurar el carácter radicalmente inocuo de tales ondas.

Tras descartar por ello la comisión de un delito contra los recursos naturales y medio ambiente, del que excluye a las operadoras por cuanto "su actividad no contravenía ninguna disposición concreta al respecto y sus emisiones estaban por debajo de los límites de seguridad más restrictivos", el juez rechazaba igualmente la existencia de un delito de prevaricación urbanística por parte de responsables municipales.

Por todo ello, Gil Margareto consideraba la investigación "agotada" y entendía que no procedía prolongar la misma con otras actuaciones como estudios epidemiológicos complejos cuyo resultado no va a arrojar luz sobre la instrucción".

El denominado 'Caso del García Quintana' llegó a manos de la Justicia el 13 de octubre de 2001 cuando cuarenta padres de alumnos del referido colegio presentaron una denuncia en la Fiscalía vallisoletana para pedir el desmantelamiento de los equipos de telefonía fija--inicialmente se pensaba que eran de telefonía móvil--existentes en la azotea de un edificio situado en el número 5 de la calle López Gómez al considerar que pudieran tener relación con dos casos de cáncer y uno de linfoma aparecidos en otros tantos alumnos.

La Fiscalía de Valladolid se hizo eco de dicha reclamación y puso los hechos en manos del juzgado para que investigase la presunta relación de causalidad entre las antenas y los casos de cáncer y, además, se tomara declaración en calidad de imputados al entonces concejal de Urbanismo y hoy procurador regional, Federico Sumillera, y una arquitecto municipal, únicas personas que han llegado a declarar como imputadas en el caso.

De la investigación se hicieron cargo, en distintas fases, los juzgados de Instrucción número 2 y 4 y hasta cuatro jueces distintos, Miguel Donis, Liliam Merghut--se abstuvo porque su hija era alumna de García Quinta--, José Alberto Rodríguez Carretero y, en última instancia, César Gil Margareto, autor del sobreseimiento.

A lo largo de la instrucción la acusación particular, ejercida por los padres del centro, llegó a solicitar la imputación del propio alcalde de Valladolid, Francisco Javier León de la Riva, por un delito de prevaricación, si bien el Juzgado primero y luego la Audiencia Provincial eximieron al regidor de cualquier responsabilidad al entender que las polémicas antenas contaban con licencia de obra, único requisito que exigía por aquel entonces la normativa en la materia.

REPERCUSION NACIONAL E INTERNACIONAL.

El caso alcanzó gran repercusión nacional e internacional y las protestas vecinales se sucedieron en la ciudad, al igual que las manifestaciones en las que se pedía al Ayuntamiento el cierre y desmantelamiento de las antenas de López Gómez 5, pero no fue hasta que se conoció el cuarto caso de cáncer infantil entre los niños del García Quintana cuando el juez Rodríguez Carretero, modificando su postura inicial, acordó en diciembre de 2001 que los equipos repetidores cesaran en su actividad y fueran desmantelados.

Un estudio epidemiológico efectuado por la Junta, criticado entonces por su rapidez, descartó en su momento cualquier relación de causalidad entre las antenas y el cáncer, mientras que más tarde se constituyó una Comisión de Expertos, compuesta por doce miembros, que realizó un estudio etiológico del colegio García Quintana y reconoció que era "altamente improbable" que se detectasen la causas del origen de los cuatro casos de cáncer.

Sin embargo, la alarma social creada llevó al Ayuntamiento de Valladolid a establecer una moratoria de seis meses en la concesión de nuevas licencias y a aprobar, el 5 de noviembre de 2002, la ordenanza municipal sobre la instalación de antenas, un texto que, a pesar de incorporar algunas de las propuestas que la Federación de Asociaciones de Vecinos realizó en una audiencia pública, no contó con el respaldo de ninguno de los dos grupos de la oposición por considerarlo insuficiente.

La nueva normativa llegó ya tarde para una de las niñas afectadas, Carla D., que el 10 de abril del presente año falleció de cáncer a los 7 años de edad. La menor fue la primera alumna del García Quintana a la que se detectó la enfermedad cuando contaba con 4 años.


Otras noticias del día 03 de Diciembre de 2004

TSXG exculpa conselleiro Sanidad caso aspergillus hayar indicios responsabilidad
Amplicación Fiscal total 102 años cárcel 62 acusados formar parte entorno ETA
fiscal año prisión hombre malos tratos lesiones menor patinaba calle
Visto sentencia Jaén juicio acusados formar parte red dedicada tráfico drogas
Imputada portavoz Gobierno Ceuta caso informe presidente Audiencia
+++Antenas Audiencia Valladolid archiva definitivamente caso antenas colegio García Quintana
Condenados jóvenes punkies años prisión golpear apuñalar chica skin head
Normativa BOE


Ver el archivo de noticias jurídicas

Política de datos | Aviso legal | Lexur en Internet


© Lexur. Todos los derechos reservados.