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El TS confirma entre 2 y 4 años de cárcel para seis implicados en el caso del vídeo de Pedro J.Ramírez

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado íntegramente las condenas de entre 2 y 4 años de cárcel impuestas por la Audiencia de Madrid a seis implicados en el caso de la difusión de un vídeo de contenido sexual en el que aparecía el director del diario "El Mundo", Pedro J.Ramírez, en 1997.

Las condenas más altas, por delito contra la intimidad, son de 4 años de prisión para la mujer que salía en el vídeo, Exuperancia Rapú; el autor de la grabación, José María González Sánchez-Cantalejo; y el ex asesor de Moncloa Angel Patón.

El ex director del desaparecido diario "Ya" José Javier Gómez Bleda ha visto confirmada una pena de dos años y seis meses de prisión no sólo por delito contra la intimidad sino también por desobediencia, ya que ignoró la orden judicial que prohibió la publicación de fotogramas del vídeo en el citado periódico.

Por su parte, el ex gobernador civil de Guipúzcoa en la etapa socialista, José Ramón Goñi Tirapu, y el abogado y ex editor del diario "Ya" José Emilio Rodríguez Menéndez, son condenados a dos años de cárcel y al pago de 3.420 euros cada uno, por participar en las negociaciones para la difusión del vídeo.

La sentencia de la Audiencia de Madrid ahora confirmada absolvió al ex secretario de Estado de Seguridad Rafael Vera de participar en el montaje. Dicha absolución no fue recurrida por ninguna de las partes, por lo que es firme desde julio de 2002, cuando se dictó la resolución de primera instancia.

Una vez dictada la sentencia, corresponderá en las próximas semanas a la Sección Primera de la Audiencia de Madrid ejecutar la misma. Entre otros extremos, tendrá que estudiar si Goñi Tirapu y Rodríguez Menéndez deben ingresar o no en la cárcel, ya que la pena que tienen impuesta --dos años de prisión-- es la máxima con la que puede evitarse la entrada en la cárcel cuando no se tienen antecedentes penales.

El Tribunal Supremo, en una sentencia de 109 folios, ha desestimado íntegramente los recursos de casación presentados por los seis condenados y también por la acusación particular en representación de Pedro J.Ramírez, quien pedía mayor condena para Goñi Tirapu y Rodríguez Menéndez por considerar que debía serles aplicada la agravante de precio en relación al delito contra la intimidad por el que fueron condenados.