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El juzgado rechaza el reingreso en prisión del dueño del bar de Los Bermejales (Sevilla) imputado por homicidio



SEVILLA, 14 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de Instrucción número 15 de Sevilla ha rechazado la intención de la acusación particular en la muerte de Francisco I.S., que tuvo lugar en Los Bermejales el pasado 6 de julio, de que el principal imputado, Juan Pedro B.G., dueño del bar 'La Victoria' donde acaecieron los hechos, reingresara en la cárcel hasta el inicio del juicio con jurado popular que se celebrará en las próximas fechas.

Fuentes del caso dijeron a Europa Press que, después de que a mediados del pasado enero la Audiencia Provincial decidiera su puesta en libertad bajo fianza de 10.000 euros, el juzgado que instruye el caso ha desestimado el recurso de reforma planteado por la representación legal de la viuda de Francisco I.S. y ahora será la Audiencia la que tenga la última palabra respecto a la situación personal del procesado, que estuvo medio año en prisión.

Las fuentes apuntaron que, estando ya cercano el señalamiento del juicio y conociendo la posición de los jueces de la Audiencia, que favoreció la salida de la cárcel de Juan Pedro B.G., el recurso de apelación podría correr igual suerte que el de reforma, sin que se atisben variaciones en la situación personal del imputado.

En este sentido, la Sección Primera consideró que los argumentos que motivaron la denegación de libertad dictada por la juez instructora el 2 de diciembre anterior no tenían ya sustento. Juan Pedro, meses después del suceso en su establecimiento, perdió a un hermano en la calle Matahacas al sufrir varios disparos a las puertas de su casa.

LA ACUSACION IMPUTA ASESINATO

La acusación privada había impugnado la decisión de la Audiencia de poner en libertad al presunto homicida, ya que no consideraba justo que los jueces tomaran tal decisión "antes" de que se hubiera presentado su calificación de los hechos, entendidos por esta parte como un asesinato por el que se le pide a Juan Pedro B.G. un total de 18 años de cárcel y una indemnización de 182.060 euros para la viuda y los hijos de la víctima.

El tribunal modificó, después de varios intentos de su defensa, la situación personal del imputado ya que entendió que el auto de la instructora se soportaba en un posible riesgo de fuga, algo que la Sala consideró que ya no concurría en el caso. La Fiscalía hispalense había solicitado la libertad bajo fianza de 12.000 euros, mientras que la defensa del imputado había pedido la libertad sin fianza y, alternativamente, la imposición de una cierta cantidad económica, tal y como estimó finalmente la Audiencia.

La Fiscalía, por su parte, pide una pena bastante inferior para Juan Pedro, en concreto tres años de prisión. El Ministerio Público imputa al propietario del establecimiento un delito de homicidio y en él aprecia la concurrencia, como muy cualificadas, de varias atenuantes tales como la defensa propia, el miedo insuperable y la confesión de los hechos. Para la otra persona detenida durante los hechos, Ismael A.M., de 31 años, el fiscal pide nueve años de cárcel por amenazas, lesiones y delito contra la salud pública.

Juan Pedro B.G. ingresó en prisión de manera preventiva 48 horas después de producirse el suceso, tal y como pidió entonces la Fiscalía. Los argumentos de la defensa del imputado para solicitar su libertad se dirigían a que mostró un arrepentimiento voluntario y espontáneo y a que entregó el arma utilizada, además de señalar que no contaba con antecedentes penales.

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