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La Audiencia Nacional condena a 'Gara' a pagar los 441.824 euros adeudados por 'Egin' a la Seguridad Social

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha declarado a la empresa editora del diario 'Gara' -Komunikabideak Imprimatzeko Elkartea S.A. (KIE)-, responsable solidaria de una deuda por valor de 441.824,15 euros contraída con la Seguridad Social por Hernani Imprimategia S.A (Grupo Orain), la editora del desaparecido diario 'Egin'. El tribunal considera que los editores de 'Gara' deben afrontar la deuda porque se produjo una sucesión de actividades "no transparente" entre ambas entidades mercantiles.

Así lo determina la sentencia dictada por la Sección Cuarta de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, de la que ha sido ponente el magistrado Ernesto Mangas, que estima el recurso interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social contra una sentencia anterior que dio la razón a KIE (perteneciente al grupo EKHE).

Esta primera resolución, dictada en octubre de 2004 por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 7, declaró nula de pleno derecho la reclamación de Tesorería ante "la imposibilidad de apreciar la existencia de sucesión de empresa" en este caso. Según este tribunal, la mera coincidencia ideológica entre ambos diarios no acreditaba continuidad alguna, "pues si una de estas empresas desaparece (...) lo lógico es que otra del mismo ámbito intente ocupar el hueco de actividad por ella dejado".

HUBO SUCESIÓN DE EMPRESAS.

La Sala de lo Contencioso discrepa de esta valoración y considera que sí se dio el caso de "sucesión de empresa determinante de la derivación de responsabilidad", a pesar de que nunca se produjo "un acto negocial formalmente tendente a la transmisión de la titularidad jurídica del acervo empresarial".

El tribunal basa sus conclusiones en un informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en que el que se señala que, tras la intervención judicial de Orain, "el grupo ideológico que lo sustentaba" decidió continuar la difusión de sus ideas a través de un nuevo medio de comunicación, creando EKHE, cuyo objeto social se concretó en la edición de 'Gara'.

Trabajo consideró el nuevo diario "continuador de la línea ideológica de 'Egin', por ser "evidente" la continuidad del grupo EKHE respecto del grupo Orain". Se transmitieron los medios materiales y se traspasó casi totalmente la plantilla de trabajadores de uno a otro diario.

Alude igualmente la Sala a la investigación realizada por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, que concluyó con la intervención judicial y cierre de la editora de 'Egin'. En dicho sumario consta "indiciariamente acreditado" que "'Gara' es el proyecto informativo de sustituye a 'Egin'", formando parte de la estrategia de EKIN -aparato político de ETA-. Entre otros indicios, Garzón cita los paralelismos en la gestación de los grupos Orain y Ekhe y que los integrantes en la dirección de 'Gara' hubieran tenido responsabilidad similar en 'Egin', así como el traspaso de los trabajadores.

Finalmente, el tribunal concreta que "no se produce la sucesión de empresas determinante de responsabilidad solidaria solamente cuando dicha sucesión tiene lugar por actos o negocios jurídicos formalmente dirigidos a producir este efecto, sino también cuando materialmente se produce este mismo efecto".

Rechaza también que la deuda haya prescrito al transcurrir entre ambos proyectos más de tres años (tal y como marca el Estatuto de los Trabajadores) puesto que dicha limitación no opera en casos de sucesión 'de facto', mediante el denominado "cambio no transparente de titularidad".
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