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Absuelven a un hombre acusado de abusar sexualmente de una joven a la salida de una discoteca en Málaga

MALAGA, 14 (EUROPA PRESS)

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a un hombre acusado de abusar sexualmente, a la salida de una discoteca, de una joven con la que había tenido una semana antes otro encuentro sexual.

La Sala considera en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que la relación sexual "fue inicialmente aceptada por los dos" y, aunque se reconoce "es posible" que interiormente mostrara oposición a la forma en que se estaban desarrollando los hechos "no lo exteriorizó con la suficiente claridad para que el acusado fuera plenamente consciente de que la estaba forzando".

Los hechos sucedieron en diciembre de 2003 cuando sobre las 03.30 horas, el procesado, conocido como 'El poropo', se encontraba en una discoteca de Torre del Mar junto con unos amigos y la víctima estaba con otras amigas. Al verla, éste intentó besarla a lo que ella se opuso, aunque también intentó ligar con alguna de las amigas de ésta.

Según los hechos probados, el acusado la convenció finalmente para que saliera del bar y la llevó a un callejón oscuro, donde le propuso mantener relaciones sexuales, "a lo que la joven se opuso", según el relato. En ese momento, él se fue para buscar preservativos y a la vuelta intentó quitarle el sujetador, pero como no podía ella se lo desabrochó.

En el transcurso de la realización del acto sexual, que duró unos 45 minutos, pasó cerca del lugar una persona, pero él le dijo a ella que guardara silencio "y así lo hizo". Luego, él se fue de allí; mientras que ella volvió con sus amigas al local, donde estuvo una hora.

El Tribunal indica que cuando la joven salió del bar "sabe perfectamente a donde va y además reconoce que consiente el enrrollamiento a pesar de que en ese momento no está muy de acuerdo con el acusado", ya que, según estima la Sala, estaba un poco desilusionada porque había intentado ligar con su amiga.

Asimismo, precisa que "desde luego no estaba embriagada hasta el punto de sentirse paralizada por los acontecimientos", según las declaraciones de los testigos que asistieron al juicio oral. "Es cierto que ella dice al otro que se pare, que no quiere, pero estas expresiones no van seguidas de una verdadera actitud negativa", dice la sentencia, en la que se añade que el joven "cayó en el error de pensar que estaba realizando una relación consentida".

La Sala explica que para dictar una sentencia condenatoria "no bastan sospechas ni los indicios, por muy vehementes que éstos sean", sino que se requiere "la certeza" a través de las pruebas practicadas en el juicio oral.