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El Supremo designa ponente para estudiar una querella contra Conde-Pumpido por no instar la ilegalización de EHAK

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado una providencia en la que designa al magistrado Joaquín Giménez García ponente para estudiar la querella presentada por el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro (CEJTM) contra el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, por un posible delito de prevaricación continuada por no haber solicitado el inicio del proceso de ilegalización de EHAK, según una nota de prensa difundida por esta entidad.

La querella fue presentada el pasado 29 de abril. Según el abogado de esta entidad, Javier María Pérez Roldán, "el fiscal general se enfrenta a una pena de inhabilitación de entre siete y diez años".

El CEJTM sostiene que el fundamento de la actitud prevaricadora "no es en sí la negativa a demandar la ilegalización del PCTV, sino más bien su negativa a hacerlo por sumisión a las directrices marcadas" por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero. "Como entiende el Centro de Estudios al que defiendo, desde que el fiscal general se negó a recurrir el archivo del 'caso Atutxa', no tenemos un fiscal general del Estado, sino un fiscal general del PSOE", agrega.

De su parte, el presidente del Centro Jurídico, Víctor Lozano, sostiene la importancia de que la querella presentada "siga adelante". "Es señal que la sociedad civil aún cuenta para su defensa con las armas del Estado de Derecho y que puede confiar en los jueces y tribunales ya que no puede hacerlo en otras instituciones", precisa.

Según los querellantes, desde el pasado 31 de marzo, "en el que el PCTV se declaró sucesor de Aukera Guztiak, no hacían falta más pruebas" para iniciar el proceso de ilegalización, puesto que la actitud de los candidatos de esta formación suponía la vulneración del artículo 9.3 de la Ley de Partidos Políticos -que dice que son ilegales las formaciones que ceden derechos políticos en favor de los terroristas o quienes colaboran con ellos-.

A juicio del centro de estudios, estos artículos "daban cobertura suficiente para la ilegalización sin necesidad de prueba adicional alguna" ya que al declararse "sucesor de los partidos batasunos", al PCTV debería aplicársele "el mismo régimen de ilegalidad".

ANTERIOR DEMANDA INADMITIDA.

Esta no es la primera iniciativa que el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro lleva a cabo contra el PCTV. La Sala especial del Tribunal Supremo --que ilegalizó Batasuna en el año 2003-- ya acordó el pasado 15 de abril no admitir a trámite una demanda de esta entidad contra el EHAK, alegando que la Ley de Partidos sólo permite una iniciativa de ese tipo al Gobierno y a la Fiscalía.

En su auto, el tribunal además rechazaba "a limine" (de plano) el procedimiento elegido por dicho Centro de Estudios para intentar la ilegalización del PCTV, que era por la vía de la ejecución de la sentencia del pasado 26 de marzo, del propio Supremo, que sirvió para anular la candidatura de Aukera Guztiak (AG).

El Supremo apuntó entonces que la sentencia que dictó en marzo agotó su contenido con la anulación del acto de proclamación de la candidatura de AG, por lo que no cabe, como ejecución de esa resolución, pretender la ilegalización de un partido que, como el PCTV, es preexistente a la agrupación de electores anulada.
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