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El Supremo absuelve a una policía local de un delito de detención ilegal porque ella conducía el coche

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha absuelto a una policía local de Alicante del delito de detención ilegal por el que fue condenada a 3 años de prisión y 8 de inhabilitación absoluta, ya que ella se quedó en el coche patrulla, mientras sus compañeros procedían a entrar a la estación de autobuses de Alincante, de donde salieron con un argelino bebido al que introdujeron en el vehículo y llevaron a un descampado donde le dieron golpes y patadas.

El alto tribunal confirma la condena por detención ilegal de los otros dos agentes, Pablo Melgares y Juan Campos, pero les absuelve de la falta de lesiones por la que fueron condenados los tres, ya que las faltas prescriben a los seis meses y la acción de la Justicia se dirigió contra ellos transcurrido un año desde que sucedieron los hechos.

La sentencia de instancia consideró probado que el 19 de diciembre de 1996 un agente de policía vio una discusión entre los camareros del bar de la estación de autobuses y el ciudadano argelino Hamed Bensaada, que fue expulsado de forma violenta dado su estado de embriaguez. Bensaada fue trasladado a la Comisaría de Policía, pero después regresó a la estación, y el agente avisó a una patrulla.

Se presentaron el jefe de Brigada sargento Pablo Melgares, el cabo Juan Campos Martínez y la agente Antonia Martínez Vera, quien conducía el vehículo. Sus compañeros entraron en la estación y salieron con Bensaada, al que agarraban porque no podía mantener el equilibrio. Al introducirlo en el vehículo, el sargento le dijo al agente que vigilaba la estación que lo iban a llevar a un lugar de donde no iba a volver más. Se dirigieron a un descampado y le propinaron patadas y golpes abandonándolo a su suerte.

Cuando el agente de la estación fue a Comisaría, el sargento Melgares le dijo que a Bensaada no lo iba a ver más, ni le iba a molestar más. Días más tarde, el argelino volvió a la estación y le dijo al policía que sus compañeros le habían pegado.

El Supremo considera que la agente Antonia Martínez no cometió el delito de detención ilegal, porque se quedó junto al coche, cuando sus compañeros salieron de la estación de autobuses con Bensaada. "Su función consiste en conducir el coche hasta un determinado descampado y estar presente mientras se propina una paliza al perjudicado. Esta conducta podría ser típica de otra modalidad delictiva que no ha sido objeto de acusación y, por tanto, de enjuiciamiento, pero, en todo caso, ella no interviene en la detención, por lo que debe ser absuelta del delito de detención ilegal", afirma el alto tribunal.