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IU-ICV propone modificar la Ley para evitar que los menores tengan que declarar ante un presunto agresor
MADRID, 19 (EUROPA PRESS)
El Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds (IU-ICV) presentó hoy en el Congreso de los Diputados diversas iniciativas parlamentarias para modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de forma que se apliquen criterios protectores en los casos en que los menores son víctimas.
Según informó este grupo en un comunicado, uno de los objetivos que se pretenden es evitar que los menores tengan que declarar ante el juez junto a la presencia de su presunto agresor. La portavoz de Asuntos Sociales del Grupo, Carme García, entiende que la redacción actual de la ley deja en manos del juez una "discrecionalidad excesiva".
"Esta cuestión se ha visto muy clara en el juicio que se sigue en Barcelona contra un profesor de kárate acusado de agredir a tres menores, alumnas suyas", explica esta diputada. García considera que el hecho de que el juez haya obligado a las menores a declarar, en contra de los informes emitidos por el equipo técnico del Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya va en contra de su defensa.
Por este motivo, reclama al Gobierno que, en el caso de que el juez actúe contra la niña que no ha ido a declarar, se tramite el indulto de forma inmediata. "No podemos permitir que se obligue a las víctimas menores a tener que revivir momentos y situaciones que les producen un sufrimiento excesivo", añade.
ACTUACIÓN CRITICABLE
IU-ICV entiende que la actuación del citado juez de Barcelona es "criticable" teniendo en cuenta que "no justificó en ningún auto las razones por las que obligaba a las menores a comparecer en la sala, ante el presunto agresor, pese a que existen medios alternativos que hubieran respetado el derecho a la defensa del acusado y los derechos de protección de los menores".
Esta diputada insiste en que la Ley de Protección Jurídica del Menor establece en su artículo 2 que debe primar siempre el interés del menor, y en su artículo 9 que deben comparecer de forma adecuada (a través de mamparas o con circuito de televisión), evitando así que los menores puedan revivir un trauma.
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