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La fiscal solicita siete años de inhabilitación al alcalde de Almadén (Sevilla) de la Plata por prevaricación

La Junta pide cuatro años de cárcel por denegar una licencia a Egmasa y la defensa apuesta por una sentencia "íntegramente" absolutoria

SEVILLA, 25 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla dejó hoy visto para sentencia el juicio, suspendido en octubre, contra el alcalde de la localidad sevillana de Almadén de la Plata, José Luis Vidal (PP), a quien la fiscal pidió esta mañana siete años de inhabilitación para el empleo o ejercicio de cargo público por un delito de prevaricación.

Según informaron a Europa Press fuentes del caso, mientras la acusación particular elevó a 20 años la inhabilitación para el primer edil por dos delitos de prevaricación, junto a cuatro años de cárcel por un delito de falsificación en documento, la defensa solicitó al tribunal una sentencia "íntegramente absolutoria" porque considera que Vidal no incurrió en irregularidad alguna con su actuación en la denegación de una licencia de apertura a la empresa pública Egmasa, adscrita a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta.

La Fiscalía de Sevilla argumenta su acusación en que el primer edil denegó licencia de apertura para las áreas recreativas y el bar restaurante construido por Egmasa que gestiona el uso público del parque forestal de Almadén, a pesar de que el Ayuntamiento de la localidad había concedido una "autorización tácita" de apertura de la zona.

Según insistió hoy la fiscal, Egmasa no obtuvo respuesta de la petición del 5 de junio de 2001 de licencia de apertura y solicitó certificación al Ayuntamiento de silencio positivo el 30 de abril de 2002. La empresa pública, según esta acusación, abrió al uso público la zona equipada, amparándose en dicha autorización tácita.

El alcalde dictó el 1 de octubre de 2002 un decreto en el que se denegaba la licencia de apertura en base a una "apreciación" de datos ya "existentes y conocidos" por el acusado cuando concedió licencia de obras. El 31 de diciembre de 2002, por nulidad del expediente por defectos de tramitación, se volvió a dictar otro decreto reiterando la denegación de apertura, según la fiscal.

LICENCIA DE OBRAS ANTERIOR A SU MANDATO

La acusación particular calificó de "arbitrarios" estos decretos y "contrarios al ordenamiento jurídico" ya que los utilizó para un "puro interés personal" con "justificaciones para denegar la licencia", según el informe final de la letrada de la Junta, que resaltó la "incongruencia total, sin más y 'sine die'" en estas resoluciones del alcalde. A juicio de esta acusación, se trata de una "rencilla personal" y una "batalla mediática" de Vidal con la Consejería de Medio Ambiente en lo que considera una "lesión al bien jurídico protegido".

Por su parte, el abogado del alcalde manifestó que la licencia de obras anterior a la que hizo referencia la fiscal la dio el predecesor de Vidal en la Alcaldía en diciembre de 1998, por lo que su cliente no hubiera incurrido en ilegalidad alguna, apostando por una sentencia "íntegramente absolutoria" en este sentido.

El juicio había quedado suspendido en octubre debido a la petición de la defensa de que se aportaran a la causa nuevas pruebas documentales y testificales. A la salida entonces de la vista, Vidal dijo que "siempre ha defendido los intereses" de su pueblo y que está "totalmente tranquilo" con este juicio.

Allí se refirió a una reunión mantenida con altos cargos de Egmasa y de la Consejería en la que el primer edil comunicó su "negativa" a dicha licencia "porque la zona no reunía las condiciones de seguridad". Este encuentro, celebrado el 31 de enero de 2002, según dijo Vidal, propició que se dictara el 1 de octubre siguiente un decreto en el que se denegaba la licencia de apertura.

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