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Condenan a 17 años de prisión a un hombre acusado de apuñalar hasta 30 veces a otro y descuartizar su cuerpo

A la pareja del acusado se le condena a 15 meses de cárcel por no impedir el acto, tras retirar el fiscal la acusación por asesinato

MALAGA, 25 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a 17 años de cárcel a Alejandro R.M. por el asesinato de un hombre, que presentaba una minusvalía y al que le propinó hasta 30 puñaladas para, un día más tarde, descuartizar su cuerpo y distribuir las partes en varios contenedores de basura de la zona del Pasaje Sondalezas. Por contra, a la pareja sentimental del acusado se le condena a 15 meses de prisión por no impedir el delito, después de que el fiscal retirara en el juicio oral la acusación de asesinato.

Los hechos ocurrieron en noviembre de 2003, cuando la pareja coincidió por casualidad con la víctima, que les preguntó por una dirección en la que pensaba alquilar una habitación. En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, no se considera acreditado que los tres fueran a comprar droga a la barriada de La Palmilla, aunque sí que se dirigieron a la vivienda de los dos acusados, donde ambos consumieron sustancias estupefacientes.

Así, "sin que quede acreditada la causa", el hombre comenzó a apuñalar al otro "hasta un total de 30 cuchilladas", localizadas en rostro, cuello y tórax anterior, aunque la víctima cayó al suelo tras las últimas puñaladas, cuando ya había entrado en la habitación la otra procesada que "no hizo nada para impedirlo". En ese momento, registraron el cadáver y se llevaron el dinero, por lo que ambos han sido condenados a cuatro arrestos de fines de semana por una falta de hurto.

Al día siguiente, utilizaron el vehículo del fallecido, por lo que también han sido condenados por un delito de hurto de uso a una multa de cinco meses. Por la noche, decidieron deshacerse del cuerpo, para lo que el hombre usó un cuchillo de sierra, seguramente eléctrico; y tras envolverlas en un colcha facilitada por la mujer, dejaron las partes en varios contenedores de basura, sin que se hayan encontrado los brazos.

La Sala destaca que el procesado "propina esa extraordinaria cantidad de puñaladas, aumentando el dolor del ofendido de forma innecesaria hasta que propina finalmente las puñaladas mortales" y aprecia un comportamiento "impropio del hombre, deshumanizado, excesivo por su crueldad, perversidad e innecesidad". Cree que "parece ser que existió una discusión previa" y que la víctima utilizó en un momento determinado como medio de defensa, "aunque sea mínima y limitada", el bastón que usualmente utilizaba para caminar.

Respecto a la mujer, al Tribunal "le quedan serias dudas de si la participación de la misma en los hechos no fue también de carácter activo y en connivencia con el procesado", al considerar que "resulta difícil creer que la misma no oyera nada de lo que estaba aconteciendo en la habitación contigua, pues tuvieron que ser muchos y reiterados los gritos de socorro que diera la víctima".

Se explica que no impedir el delito fue una circunstancia que "no obedece ni a miedo al agresor ni a amenazas de éste", ya que, según una cámara del portal, la mujer salió sola delante de su pareja, cuando ésta fue a depositar los restos en los contenedores. "No existía riesgo alguno para su persona y sencillamente no hizo nada para impedirlo", apunta la Sala, que aplica la atenuante de drogadicción en ambos y la agravante de abuso de superioridad en el caso del hombre, quien tendrá que indemnizar a la familia con 200.000 euros.
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