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El TSJCyL anula la sentencia de 13 años de prisión a los asesinos de 'El Mataviejas' de Santander

Se confirma la condena impuesta al tercero de los implicados en la muerte de José Antonio Rodríguez Vega

SANTANDER, 26 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca que condenó a dos presos de la cárcel de Topas (Salamanca) a trece años de prisión por el asesinato de José Antonio Rodríguez Vega, conocido como 'El Mataviejas'.

El Alto Tribunal, que confirma la condena de cinco años de prisión impuesta al cómplice de los hechos, ordena que se devuelva la causa a la Audiencia salmantina para que se pronuncie "motivadamente sobre la circunstancia atenuante muy cualificada de arrebato u obcecación".

La Audiencia Provincial de Salamanca condenó en diciembre de 2004 a Daniel R.O. y a Enrique V.G. a trece años de prisión por matar a cuchilladas, el 24 de octubre de 2002, a 'El Mataviejas' en la cárcel de Topas, y a cinco años de reclusión a Felipe M.G. como cómplice.

Los tres condenados presentaron recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Ahora, la Sala de lo Civil y Penal ha estimado el recurso de Daniel R.O. y de Enrique V.G. en lo relativo a que se produjo indefensión de ambos al no resolverse en "sentencia todos los puntos que han sido objeto de acusación y defensa".

La resolución del Tribunal Superior de Justicia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio César Balmori, considera que dicho argumento debe estimarse porque las defensas invocaron dos atenuantes y "sólo ha recaído pronunciamiento sobre la segunda de ellas".

"La indefensión no es meramente formal, tratándose de la concurrencia de dos atenuantes cuya conjunción podría suponer una importante modificación en los parámetros de aplicación de las penas correspondientes", explican los magistrados, que entienden que, aunque dicha atenuante "podría entenderse tácitamente desestimada, es necesario conocer para aceptarlas o no, las razones tenidas en cuenta por el Magistrado Presidente".

Por ello, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal anula la sentencia de la Audiencia de Salamanca en lo referente a la condena de los dos homicidas para que este tribunal se pronuncie "motivadamente sobre la circunstancia atenuante muy cualificada de arrebato u obcecación", según informaron fuentes del TSJCyL.

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