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Noticias jurídicasEl etarra De Juana saldrá de prisión en agosto al no procesarle el juez Pedraz por pertenencia a ETAEl fiscal recurre la puesta en libertad ante el magistrado y la conclusión del sumario ante la Sala de lo Penal.MADRID, 13 (EUROPA PRESS) El etarra José Ignacio de Juana Chaos saldrá en libertad la primera semana de agosto al no procesarle el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz por los delitos de pertenencia a ETA y amenazas terroristas que le imputaba el fiscal por los artículos que escribió en el diario "Gara" el pasado mes de diciembre. La Fiscalía de la Audiencia ha recurrido ante la Sala de lo Penal la conclusión del sumario sin procesar al imputado y pide al propio magistrado que rectifique su decisión de dejarle en libertad. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Santiago Pedraz, ha concluido el sumario abierto en enero contra De Juana sin procesarle al entender que no cometió los delitos imputados y, por tanto, decretando su puesta en libertad en esta causa. El procedimiento se inició a raíz de los artículos "El escudo" y "Gallizo" publicados en "Gara" el 1 y el 30 de diciembre del año pasado, respectivamente. Así se evitó que saliera de prisión el pasado 9 de febrero, cuando estaba previsto en un principio que extinguiera totalmente su pena. Tras revisar la ejecución de las condenas impuestas a De Juana, que suman casi 3.000 años de prisión, retirándole las redenciones de pena a las que no tenía derecho, la Audiencia Nacional concluyó que el histórico miembro de ETA extinguirá completamente su pena la primera semana de agosto. Ese cumplimiento de pena es independiente de la causa en la que el juez Pedraz ha decidido no procesarle y decretar su puesta en libertad, ya que en ella se encontraba en prisión preventiva. MLNV NO ES ETA. El magistrado Santiago Pedraz considera que De Juana niega su integración en ETA y que este delito "exige una voluntaria asunción de una situación o posición, cual es la de pasar a formar parte como miembro de una organización terrorista". En su caso, el juez cree que "no hay base para poder acreditar que pertenezca a ETA", ya que en su declaración negó la integración y justificó los artículos publicados denominándose así mismo "escritor" y que erró el tono que utilizó en ellos "por la presión, pero no por otra intencionalidad" violenta o amenazante. Al contrario que la Fiscalía, el juez no cree que las expresiones "vamos a ganar" o "jueces prevaricadores, políticos corruptos, profesionales de la tortura, carceleros sin escrúpulos" permitan concluir que De Juana apoye la lucha armada. La afirmación de De Juana "Veo la televisión. Escucho la radio. Leo periódicos y revistas y el bombardeo es intenso y permanente. El enemigo está crecido. Detenciones en Iparralde y Egohalde. Redadas en los estados francés y español. Informaciones venenosas que pretenden inocular el virus de la desconfianza" no puede, afirma el auto dado a conocer hoy, significar apoyo o vinculación a ETA. "Sólo constaría el apoyo al denominado Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MLNV) -continúa el magistrado-. Mas independientemente de que ETA esté relacionada o no con el mismo, lo cierto es que tal movimiento no está calificado como organización terrorista." En este sentido, el juez, que formó parte del tribunal que juzgó el "caso Jarrai", añade que en el MLNV están integrados otros colectivos como el sindicato LAB, la asociación cultura AEK o la ecologista Eguzki "no calificados como organizaciones terroristas o integrados en ETA". Agrega que existe un informe de la Unidad Central de Inteligencia que concluye la pertenencia a ETA de De Juana por ser integrante ""al menos de manera puntual" del denominado "Frente de makos" o frente de presos, como subaparato integrado en la estructura de ETA; mas tal frente, como indica la UCI se integra en el MLNV y hasta la fecha, ni tal frente, ni tal movimiento están calificados como banda armada o terrorista". En cuanto al delito de amenazas, el juez señala que tampoco existe "tanto porque no se acredita la integración, como porque no puede deducirse de los artículos un señalamiento de las personas citadas como objetivos para la banda armada". RECURSO FISCAL. El fiscal de la Audiencia Nacional Jesús Alonso ha recurrido la decisión del magistrado en reforma y subsidiariamente en apelación, ya que entiende que la libertad de De Juana "no sólo perjudica a este sumario sino también a la sociedad en general, que se ve inerme ante un individuo que no usa la razón en su actuar sino en que en su quehacer diario usa el crimen y el terror para obtener los beneficios que sus conciudadanos de otro modo no le ofrecerían". Tras explicar que los autos de conclusión de sumario sólo pueden ser recurridos ante la Sala de lo Penal, se dirige al juez Pedraz para que rectifique la puesta en libertad de De Juana, y así su recurso tenga sentido. De modo que si la Audiencia, al revisar la resolución, acuerda el procesamiento del miembro de ETA, éste siga a disposición de la Justicia y se evite la reiteración delictiva. "En el caso de autos, de la mera lectura de la denuncia formulada, de los informes periciales, de los artículos periodísticos origen de la causa y del expediente penitenciario aportado en autos se deduce de manera clara y palmaria que el acusado De Juana ha cometido los delitos que se le imputan y que son los más graves que se pueden cometer en una sociedad democrática: integrarse en una organización terrorista y utilizar esta integración para amenazar a personas concretas y a colectividades determinadas, conculcando las normas de actuación que como sociedad democrática y civilizada nos hemos dado", insiste el fiscal. Alonso reproduce los mismos párrafos que el juez Pedraz, pero para considerarlas "expresa manifestación de su real integración y vinculación a la banda terrorista ETA, no pudiendo aceptarse que las mismas sean una mera manifestación de su derecho a la libertad de expresión, por cuanto el mismo no pude amparar que en su nombre se amenace y se haga apología de una integración en organización criminal". "De la simple lectura", explica el fiscal, de las expresiones de De Juana "enemigos", "sacad vuestras sucias manos de Euskal Herria" o "MLNV" se pone de manifiesto que el histórico etarra sigue siendo miembro de ETA, ya que así le considera la propia organización terrorista. OLVIDO O ERROR DEL INSTRUCTOR. "En esto no puede olvidarse, como hace el instructor, cómo el entramado del MLNV queda inmerso en la estrategia de ETA, es ETA, tal como se ha reconocido en distintas resoluciones judiciales, entre ellas la sentencia de la Sala del 61 del Tribunal Suprmeo de 23 de marzo de 2003, donde hace estas consideraciones al declarar ilegal a HB-EH-Batasuna y todo el entramado que las rodea", recuerda la acusación pública. Más adelante, el fiscal es aún más duro con Pedraz y afirma que "decir que el MLNV no es ETA es una grave equivocación, además de una irrealidad". El fiscal también repasa en su recurso la "trayectoria en prisión" de José Ignacio de Juana, en los 18 años que ha estado encarcelado. Según Alonso, siempre ha realizado labores propagandísticas y publicitarias a favor de ETA, como prueba la carta que publicó en marzo de 1998, en la que celebró el asesinato del concejal del PP Alberto Jiménez Becerril y de su esposa, en la que decía que le "encanta ver la cara desencajada de los familiares en los funerales" y que "en la cárcel sus llantos son nuestras sonrisas". Además, ha participado en los plantes y desobediencias organizadas en los centros penitenciarios por ETA, siendo responsable del "Frente de makos" de su cárcel, y ha transmitido a través de medios de comunicación datos sobre los responsables de los centros penitenciarios de Valdemoro (Madrid), Jaén, Puerto II (Cádiz), Málaga y Algeciras (Cádiz), así como del actual presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia, Javier Gómez Bermúdez. |