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Jarrai.- El CGPJ pide que las crítica sea 'razonable' y recuerda que la sentencia procede de un tribunal independiente

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

El portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Enrique López, señaló hoy a Europa Press que esta institución no tiene nada que decir sobre la sentencia hecha pública ayer por la Audiencia Nacional que condenó a 24 integrantes de la asociación juvenil abertzale Jarrai por asociación ilícita no terrorista.

"Evidentemente, las resoluciones judiciales pueden y deben ser susceptibles de crítica, aunque ésta debe ser razonable", añadió López. Según el portavoz, y al igual que ha ocurrido en otros casos, se trata de "una decisión judicial adoptada por un tribunal independiente" que el órgano de Gobierno de los jueces no debe entrar a valorar.

HONESTIDAD, SEGUN EL VOCAL DELEGADO.

Por su parte, el vocal delegado del Consejo General del Poder Judicial para la Audiencia Nacional, Javier Martínez Lázaro, puntualizó hoy que la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia, que es la que ha dictado la sentencia del "caso Jarrai", "ha actuado con absoluta honestidad, conforme a una interpretación razonable de las normas".

En un comunicado remitido hoy, el vocal recuerda que la resolución de la Sección Cuarta "merece todos los respetos" porque este tribunal ha actuado "conforme a una interpretación razonable de las normas" y está integrado por "jueces expertos y competentes que se han limitado a ejercer su obligación constitucional de aplicar las leyes".

Martínez-Lázaro agrega que, en su fundamentación jurídica, la sentencia explica las razones técnico-jurídicas por las que, de acuerdo con la prueba practicada en el acto del juicio, se considera que los encausados deben ser condenados por asociación ilícita y no por pertenecer a una asociación terrorista".

"Evidentemente, estas razones se pueden compartir o no", afirma el vocal, que añade que la sentencia es recurrible y será el Tribunal Supremo el que al final se pronuncie.

En opinión de Martínez-Lázaro, esta sentencia, como cualquier otra, puede ser objeto de la crítica pública, "lo que no resulta admisible ese la descalificación del Tribunal que la dictó, por el mero hecho de que no se compartan los razonamientos jurídicos empleados por éste". A su juicio, las criticas vertidas, no contra la sentencia, sino contra quienes la dictaron, "carecen de justificación y son poco respetuosas con el Estado de Derecho".

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