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Condenado a casi 4 años de cárcel el jefe de Policía de San Antonio de Benagéber (Valencia) por robar un coche

VALENCIA, 22 (EUROPA PRESS)

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a tres años y nueve meses de prisión, al pago de una multa de 2.160 euros y a tres años de inhabilitación para empleo o cargo público al jefe de la Policía Local del municipio valenciano de San Antonio de Benagéber por hurtar y utilizar en beneficio propio el vehículo de una empresa que había cesado en sus actividad y por falsear un documento público en el que informaba al juzgado que decretó el embargo de los bienes de la compañía que el coche había desaparecido y lo habían localizado sin ruedas en un descampado de la población.

La sala considera probado que el acusado, José G.C., oficial jefe de la Policía Local, conocía que la mercantil dueña del vehículo, un Nissan Terrano, había cesado sus actividades en enero de 2001, había cerrado la sede social donde tenía su domicilio en San Antonio de Benagéber y dejó aparcado en una calle el vehículo. En el mes de mayo, el Ayuntamiento iba a pavimentar la calle por lo que los servicios municipales llevaron el coche hasta una calle paralela donde lo dejaron.

Sin embargo, el acusado, aprovechando que ninguna persona usaba el turismo, consiguió las llaves de una forma que no ha sido acreditada, le hizo diversas reparaciones, sustituyó dos de las ruedas que estaban deterioradas, suscribió un seguro obligatorio y pasó la ITV para utilizarlo desde julio hasta diciembre de 2001.

El tribunal ha considerado asimismo probado que la empresa titular del coche fue objeto de un procedimiento judicial ante un juzgado de lo social que decretó el embargo de sus bienes, entre los que se encontraba el todoterreno. Esta instancia judicial envió al jefe de la Policía Local de San Antonio de Benagéber, el 4 de diciembre de 2001, un oficio en el que pedía el precinto y depósito del vehículo y que le remitieran el acta que se realizara o todas las actuaciones que se llevaran a cabo para el cumplimiento de lo acordado.

Una semana después, el agente informó al juzgado de que el todoterreno en cuestión había estado aparcado ante la empresa por "tiempo indefinido" y que tras ser llevado a la calle colindante "desapareció, encontrándolo en un descampado cercano a la discoteca 'Arabesco', apareciendo sin las ruedas y a falta de otros objetos del vehículo, al parecer, motivo de la sustracción y no figurando denunciado". Para retirar el coche explicaba que se volvió a usar el servicio de grúa municipal. Como consecuencia de este informe, se fijó una tasación pericial para la subasta del vehículo por un importe de 4.207,08 euros, aunque finalmente se adjudicó por 2.570 euros.

Para la sala, estos hechos constituyen un delito de hurto y falsedad en documento oficial, en los que la "condición específica" de oficial jefe de la Policía Local le convierten en merecedor de la pena en mayor extensión, dentro del límite permitido por el Código Penal en el caso del hurto. En el caso de la falsedad, el tribunal tiene en cuenta la "principal finalidad perseguida, que no parece otra que la de ocultar el uso ilegítimo de un vehículo que no le pertenecía, aminorando con un informe con apariencia de verdadero y justificando lo que de todo punto era injustificable".

El tribunal rechaza que el coche estuviera abandonado y, por este motivo se hubiera desapoderado a su titular, y señala que la circunstancia "puntual" que podía conocer el acusado de que la empresa cesó en su actividad "no puede asignar la condición de abandono de la cosa".

Asimismo, califica de "irrisoria" la explicación de que con el uso del todoterreno trató de evitar su deterioro porque este argumento "convertiría a los agentes de policía, e incuso a cualquier ciudadano que reiteradamente advirtiera vehículos estacionados con restos de polvo de larga duración, a efectuar la caricativa actuación de proteger el patrimonio ajeno y rodar un vehículo aunque no le pertenediera".


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