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El TSJM confirma la pena de más de 40 años de cárcel para un hombre que mató al portero de su finca y a la mujer de éste



MADRID,29 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la pena de 40 años y seis meses de prisión para Ignacio G.M., condenado en diciembre de 2004 por la Audiencia Provincial de Madrid por los asesinatos de portero de la finca en la que residía y de la mujer de éste, perpetrados en Alcorcón en julio de 2002.

Así lo acuerda la Sala Civil y Penal del TSJM en una sentencia que desestima el recurso de apelación interpuesto por el acusado y que confirma la pena impuesta por la Audiencia madrileña que consideraba probado que sobre las 9.00 horas del 27 de julio de 2002 el acusado, estando en la finca ubicada en la calle Porto Lagos de Alcorcón, en la que residía, se dirigió al conserje de la misma, Francisco E.V., y "de forma súbita y sorpresiva" le asestó 28 puñaladas en múltiples partes del cuerpo con un cuchillo de más de 12,5 centímetros.

Además, declaraba acreditado que acto seguido se dirigió a la vivienda de la víctima en la que se encontraba la esposa de ésta, Francisca B.R., a la que apuñaló con el mismo arma 49 veces, reiterando las cuchilladas en la misma zona con el fin de provocar el mayor sufrimiento posible. Como consecuencia de los ataques, ambas personas perdieron la vida.

LOS MATÓ CON ALEVOSÍA

El Tribunal Popular que enjuició los hechos estimó que la muerte de Francisco y de su esposa fue ocasionada "de forma alevosa, súbita y sorpresiva en cuanto a que el fallecido no presentaba signos de defensa y dado que el primer apuñalamiento fue en el cuello y por la espalda".

Además, la sentencia recogía que el estado mental en el que pudiera encontrarse el acusado al tiempo de cometer los hechos no está suficientemente acreditado ya que "ninguna de las pruebas periciales practicadas al efecto ha permitido constatar la existencia de patología mental". Por este motivo, el Tribunal popular no ha considerado la eximente de enajenación y, asimismo, ha valorado el comportamiento de Ignacio como "coherente".

Ignacio vivía solo desde hacía 19 años, no abría la puerta a nadie, no mantenía relación con otras personas, ni siquiera con sus padres, con los que residía, y de vez en cuando atemorizaba a sus vecinos golpeando con algún objeto contundente el techo y el suelo de su casa.

Ahora el TSJM ha ratificado la pena impuesta razonando que "no existe incompatibilidad alguna en el veredicto del Jurado" tal y como alegaba el recurrente. Contra la resolución judicial del Tribunal Superior cabe interponer recursos de casación ante el tribunal Supremo.

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