![]() |
|
|
|
|
|
![]() |
|||
Noticias jurídicasEconomía/Empresas.- Un juzgado de Alicante falla que la petrolera Lukoil recupere su marca, frente a la española SarmetBARCELONA, 12 (EUROPA PRESS)El Juzgado de Marca Comunitaria de Alicante ha dictado una sentencia en la que estima la demanda de la petrolera rusa Lukoil para que recupere su marca en la Unión Europea (UE), frente a la empresa española del sector de hidrocarburos Sarmet On Plus, según informó hoy el despacho de abogados Baker & McKenzie, que defendió a la compañía rusa. La sentencia, con fecha 4 de julio, considera que Sarmet On Plus, con sede en Barcelona, registró "ilegítimamente" a su nombre la marca Lukoil, al entender que ni tuvo autorización de la compañía para hacerlo ni tenía razón alguna para registrar a su favor la marca de la petrolera. No obstante, la sentencia señala que no se han producido daños a la empresa rusa porque la compañía española no ha usado en el mercado dicha marca, por lo que absuelve a Sarmet On Plus en este ámbito y no la condena a pagar indemnizaciones. La empresa española Sarmet On Plus registró la marca Lukoil Company a su propio nombre "con el pretexto de estar en negociaciones con la compañía petrolífera rusa y supuestamente haber recibido el encargo de desarrollar un plan de negocios unilateralmente propuesto y elaborado por la propia compañía española para el desembarco de la petrolífera rusa en España", según los demandantes. PRIMERA SENTENCIA DE RECUPERACIÓN DE MARCA. El proceso legal se inició en diciembre de 2004, cuando la petrolera rusa reclamó la titularidad de la marca comunitaria Lukoil, además del resarcimiento de daños y el abono de los gastos, y culminó el pasado día 4 con la sentencia del juzgado, aunque cabe la interposición de un recurso contra la decisión judicial. La demanda se dirigió al Juzgado de Marca Comunitaria de Alicante porque es el único juzgado que tiene competencia para decidir en toda España cualquier cuestión relativa a una marca comunitaria. El abogado de Lukoil, Jesús María de Alfonso, aseguró que ésta es "la primera sentencia en España de recuperación de una marca comunitaria" por una empresa extra-comunitaria, frente a una empresa comunitaria. "También el sistema jurídico comunitario se ha puesto, de alguna manera, a prueba con este caso", añadió. En este sentido, subrayó que "se ha dado prevalencia a que el nombre de la compañía es Lukoil, consagrándose el principio de protección a los nombres comerciales de los operadores mercantiles". "La denominación con la que un empresario está en el mercado es sagrada y así los sistemas legales y convenios internacionales vienen protegiendo las denominaciones de los empresarios, aunque no se hayan registrado", apuntó. |
|||
![]() |
|||
|
Política de datos | Aviso legal | Lexur en Internet |
|||