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Noticias jurídicasAbsuelven a un acusado de matar a la mujer para la que trabajaba por falta de pruebas debido a la mala investigaciónMADRID, 15 (EUROPA PRESS)La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto de un delito de homicidio a un hombre acusado de matar, en octubre de 2002, a la mujer para la que trabajaba, debido a la falta de pruebas de cargo que le relacionen con el fallecimiento de la víctima a causa de una mala investigación policial. Así lo acuerda la sección decimoquinta de la Audiencia madrileña en una sentencia que absuelve al imputado de los delitos de homicidio e incendio de los que venía siendo acusado. Sin embargo, el fallo le condena a seis meses de prisión por un delito de hurto de vehículo a motor, ya que robó el turismo de la víctima, y al pago de una multa de 270 euros por una falta de hurto. Asimismo, le obliga a indemnizar a los herederos de la fallecida en la cantidad de 228 euros, debido a que sustrajo algunos objetos pertenecientes a la víctima. La resolución jurídica declara probado que el 28 de octubre de 2002 el garaje situado en la calle Escorpión número 8 de Guadarrama propiedad de María Asunción G.P. comenzó a arder debido a la acción de dos focos de fuego en los que se encontraron elementos acelerantes de la combustión. HALLADA MUERTA POR SU ESPOSO Asimismo, considera acreditado que el 4 de diciembre de 2002, la dueña del garaje calcinado fue hallada muerta por su esposo y un amigo de éste en el interior del chalé contiguo, también de su propiedad, con cinco heridas a nivel parieto-occipital central, con 1,2 gramos de alcohol por litro de la sangre y un 9 por ciento de carboxihemoglobina "cifra no letal como para una intoxicación causada por monóxido de carbono". La sentencia señala que la fallecida tenía un coche alquilado que en una fecha no determinada de octubre se llevó el imputado --quien trabajaba junto con su mujer para María Asunción P.G.-- apareciendo el 25 de enero de 2003 en una localidad francesa junto con algunas pertenencias de la víctima valoradas en 228 euros. La resolución judicial, contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, recuerda que el encausado no puede ser considerado autor del delito de homicidio y del delito de incendio "dado que los indicios no son concluyentes, sino contradictorios o confusos, no existiendo una prueba clara y determinante de la autoría de ambos delitos". Además, subraya que "la confusión y la falta de probanza de los hechos es consecuencia directa de la deficiente instrucción policial y adolece de defectos como que no se haya tomado declaración judicial al esposo de la fallecida y tampoco se le haya recibido declaración en calidad de testigo". |