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Economía/Empresas.-El Supremo confirma una multa de 2,70 millones a Telefónica por incumplir las normas de preasignación

MADRID, 15 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por Telefónica de España contra una sentencia de la Audiencia Nacional que confirmaba la multa de 2,70 millones de euros impuesta por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) por incumplir la normativa en preasignación.

En una resolución de 28 de diciembre de 1999, el consejo de la CMT impuso a Telefónica de España una serie de medidas cautelares que debía cumplir, como consecuencia del conflicto en materia de implantación de la preasignación suscitado por las solicitudes de intervención de BT y RSL.

La CMT obligaba a Telefónica a tramitar las solicitudes de preasignación presentadas por BT y RSL de acuerdo con los procedimientos de su circular 1/1999 y a proporcionar a las dos compañías una dirección de correo electrónico para que pudieran remitir sus solicitudes de preselección.

Tanto BT como RSL denunciaron ante la CMT que Telefónica estaba incumpliendo estas medidas cautelares, dado que imponía un cupo máximo diario de 20 solicitudes de tramitación de la preselección y exigía el envío de las copias originales de solicitudes de preasignación.

Finalmente, la CMT multó a Telefónica de España con 2,70 millones de euros por la comisión de una infracción muy grave y continuada, al incumplir la resolución sobre medidas cautelares. La Audiencia Nacional, en una sentencia del 18 de septiembre de 2001, desestimó el recurso contencioso administrativo presentado por la compañía.

En su sentencia, el Tribunal Supremo rechaza los motivos de casación alegados por Telefónica de España y concluye que la empresa tenía "plena conciencia" de transgredir el artículo 79.15 de la Ley General de Telecomunicaciones, que tipifica como infracción muy grave el incumplimiento de las resoluciones de la CMT.