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Noticias jurídicasEl Gobierno crea los consejos de Justicia autonómicos pero sin tocar las competencias del CGPJLa reforma judicial crea jueces de proximidad y refuerza los tribunales superiores de las comunidadesMADRID, 15 (EUROPA PRESS) El Consejo de Ministros acordó hoy iniciar la tramitación de la reforma judicial que crea los Consejos de Justicia de las comunidades autónomas, con atribuciones limitadas que no invaden en ningún caso las competencias exclusivas en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario de los jueces que la Constitución reserva al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estatal. La reforma refuerza el papel de los tribunales superiores de Justicia de las comunidades autónomas como cúspide de la organización judicial en sus territorios, reformando el recurso de casación para que el Tribunal Supremo se centre en su papel de unificador de doctrina. Las nuevas leyes crean la figura del juez de proximidad en ciudades de más 175.000 habitantes situadas en comunidades autónomas con transferencias en materia de justicia. Los nuevos jueces serán abogados con más de seis años de ejercicio de la profesión, a los que nombrará el CGPJ, y se ocuparán de pleitos penales y civiles de menor entidad, como deshaucios o juicios verbales donde la deuda exigida no exceda de 3.000 euros. CONSEJOS TERRITORIALES Tanto la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, como el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, recalcaron en la rueda de prensa posterior a la reunión del Gabinete que los nuevos consejos de Justicia autonómicos se crean "dentro del marco competencial que la Constitución permite". López Aguilar insistió en que los nuevos consejos asumirán las actuales competencias de las salas de Gobierno de los tribunales superiores de Justicia de las autonomías, sin afectar al "núcleo duro" de las atribuciones en materia de gobierno de los jueces que el artículo 122 de la Constitución reserva al CGPJ. Los consejos autonómicos emitirán informes sobre los nombramientos discrecionales de cargos judiciales ubicados en la comunidad autónoma (aunque la competencia de la designación se mantiene en el CGPJ), ejercerán las competencias que le delegue el CGPJ, y asumirán las atribuciones en materia de justicia que le atribuyan los Estatutos de Autonomía. El ministro de Justicia eludió contestar a si los nuevos consejos autonómicos persiguen ajustarse a las previsiones del Estatuto valenciano que se tramita en el Congreso, o a las aspiraciones del futuro Estatuto catalán. Explicó que responden a una inquietud antigua manifestada desde distintos sectores que se reflejó ya en el Libro Blanco de la Justicia aprobado por el CGPJ en 1997. Los nuevos consejos de Justicia autonómicos, cuando se reunan en Pleno, tendrán una amplia representación, ya que lo formarán, primero, el presidente del tribunal superior correspondiente, los presidentes de todas las salas del TSJ, el fiscal jefe de la comunidad, los presidentes de las audiencias provinciales existentes, y los jueces decanos liberados. Estos cargos serán un tercio del órgano, ya que otro tercio serán elegidos entre jueces y magistrados, y otro más por las asambleas parlamentarias correspondientes por mayoría de dos tercios. Además, los consejos podrán funcionar en Comisión Permanente (presidente del TSJ y seis magistrados) o en Comisión Judicial (presidente del TSJ y cuatro magistrados). DIALOGO CON COMUNIDADES Y JUECES El ministro destacó que, en relación a toda esta reforma judicial, el Gobierno está abierto al diálogo tanto con las comunidades autónomas, con quienes se reunirá a finales de mes en la Conferencia sectorial de Administración de Justicia, como con las asociaciones de jueces. Además, se pedirá el informe preceptivo para los anteproyectos de Ley al Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscalía. En cuanto a la redistribución de funciones entre el Supremo y los tribunales superiores de Justicia, López Aguilar lo justificó en la necesidad de descongestionar un tribunal como el Supremo que está saturado en todas sus salas. La reforma posibilitará además que exista doble instancia penal en todos los casos, ajustándose así a lo que habían sido exigencias a España por parte de la ONU, y acomodándose a la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. También se establece la grabación de todas las pruebas que se practiquen en los juicios penales, y se regulan las comparecencias del presidente del CGPJ y de los vocales miembros de dicho órgano ante el Congreso de los Diputados. |