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El Supremo anula la decisión de Aznar de no pedir 40 extradiciones de represores argentinos instadas por Garzón

Afirma que el Gobierno no tenía competencia para no cursar las órdenes del juez

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado el acuerdo del Gobierno de José María Aznar, de 29 de agosto de 2003, que decidió no pedir a Argentina la extradición de 40 presuntos represores que actuaron durante la dictadura militar en aquel país, en contra de lo solicitado por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón.

En su sentencia, el Supremo señala que el Consejo de Ministros, que adoptó el acuerdo, no tenía potestad para negarse a tramitar las peticiones de extradición cursadas por Garzón, ya que la decisión de solicitar esas entregas era judicial, y el Ejecutivo debió actuar como mero transmisor de las solicitudes a las autoridades argentinas.

También rebate el argumento dado por el Gobierno en su acuerdo de que, al haberse derogado por el Parlamento argentino las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, en relación con la represión durante la dictadura militar, precisamente el 21 de agosto de 2003, Argentina estaba en condiciones de iniciar la fase judicial en su territorio para enjuiciar los delitos de genocidio, terrorismo y torturas a que se referían los hechos que motivaban las peticiones de extradición.

VULNERO TRATADO BILATERAL

En opinión del Supremo, esa decisión vulnera el Tratado bilateral de extradición hispanoargentino, ya que priva al Gobierno argentino de adoptar la decisión que le corresponde en uso de su soberanía en relación a autorizar o no estas extradiciones.

La consecuencia de la sentencia del Supremo es que el Consejo de Ministros deberá cursar las peticiones de extradición por vía diplomática a Argentina, para que tramite las mismas conforme a su derecho interno y comunique por la misma vía su decisión al Gobierno español. Las 40 extradiciones solicitadas se referían a 26 personas detenidas en Argentina en julio de 2003, y a otras 14 de las que se desconocían si estaban arrestadas. De ellas, 39 eran militares y una civil.

El recurso que ha sido estimado por el Supremo fue presentado por Iniciativa per Catalunya e Izquierda Unida contra el acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de agosto de 2003.

La decisión del Supremo cuenta con el voto particular de dos de los seis magistrados que han dictado la sentencia,, Agustín Puente y Francisco González Navarro, que opinan que debió rechazarse el recurso y confirmarse el acuerdo del Consejo de Ministros de no tramitar las extradiciones, al entender que el Gobierno sí tenía competencia para tomar una decisión de ese tipo.

El juez Garzón, que actualmente disfruta de un permiso de estudios en Estados Unidos que concluirá en diciembre, fue el instructor de las causas abiertas en España por el presunto genocidio y torturas registradas durante la dictadura militar argentina, entre 1976 y 1983, así como en Chile.

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