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Lino.- El Juzgado Central de lo Penal se inhibe de juzgar el caso porque se piden penas de más de 5 años de cárcel

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

El juez sustituto del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, al que había correspondido el enjuiciamiento del denominado "fraude del lino", ha dictado una providencia en la que se inhibe de entender de esta causa debido a que las penas solicitadas por algunas de las acusaciones superan los cinco años de prisión, por lo que este órgano deja de ser competente para juzgarlas. Si la iniciativa prospera, el caso será visto por la Sección Primera de la Sala de lo Penal, integrada por tres magistrados.

Los 19 procesados en esta causa, entre los que se encuentra el ex subsecretario de Agricultura y ex presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), Nicolás López de Coca, se enfrentan a una petición de condena de entre 3 años y 7 meses de prisión por parte de la Fiscalía Anticorrupción. Sin embargo, otras partes personadas piden penas más largas -de hasta 13 años y medio- al calificar los hechos de estafa con la agravante de continuidad delictiva.

Castro -que sustituye al titular de este Juzgado José María Vázquez Honrrubia, recusado por una de las partes- entiende que el caso supera su ámbito de competencia y remite las actuaciones a la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional.

La providencia, dictada el pasado 30 septiembre, explica que las acusaciones particulares que representan a las comunidades autónomas de Aragón y Catilla y León califican los hechos como delito continuado de estafa y solicitan penas de prisión de entre 6 y 9 años y de 9 a 13 años y medio, al aplicar el supuesto de continuidad delictiva. Estas penas superan el ámbito de competencia de 5 años atribuido al Juzgado Central de lo Penal.

La solicitud de la Fiscalía no superaba el mencionado límite, al calificar los hechos, en el caso de López de Coca, de un delito de tráfico de influencias, por el que se le pide un año de prisión, multa de 144.242 euros e inhabilitación especial para ejercer cargo público por cuatro años.

Al resto de acusados, agricultores y responsables de empresas transformadoras, la Fiscalía les acusa de delitos de falsedad en documento oficial o mercantil y fraude de subvenciones, para los que las penas previstas no superan los 3 años de cárcel.

Se trata de Enrique Ruiz Paz, Gonzalo Ruiz Paz, Antonio Muñoz Martínez, Eugenio Alabarces Muñoz, Enrique Ayala Martínez, Manuel Rojo Rojo, Santiago Rojo Rojo, Esperanza Arroyo Domínguez, Eusebio Arroyo Domínguez, Victoriano Blanco Alonso, Celedonio Martín Cabreros, Jesús García Borgue, Pedro Jesús Millán Pascual, Juan José Martínez Villar, Ramiro Julián Guillen, José Manuel Pérez Espílez, Fernando Calvé Dobón y Alberto García Valencia.

El escrito de Anticorrupción describe las actividades presuntamente fraudulentas cometidas por agricultores y empresarios de las comunidades de Castilla-La Mancha, Castilla y León, Aragón y Extremadura desde la temporada 1997/1998 hasta el inicio de las investigaciones, que se instrumentaron "por concretas empresas transformadoras de varilla de lino textil a través de solicitudes de subvención formalmente cumplimentadas por sus hipotéticos perceptores y destinatarios, a las que se acompañaron determinadas certificaciones que fueron confeccionadas con el fin de obtener las repetidas ayudas comunitarias".

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